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5 infracciones por las que ya NO podrán inmovilizar tu moto 2024

En Colombia, nueva ley alivia inmovilizacion a motociclistas por infracciones comunes.

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Actualizado el 17 de abril de 2026

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En un esfuerzo por promover la equidad entre conductores de carros y motocicletas, recientemente se aprobó una nueva normativa que evita la inmovilización de motos por cinco infracciones comunes y costosas. Hasta la fecha, los motociclistas han enfrentado sanciones más severas que los conductores de autos por las mismas infracciones, incluyendo la inmovilización del vehículo, costos de grúa y días en patios. Sin embargo, este proyecto de ley, que ha superado todos los debates legislativos y solo espera la firma del presidente para convertirse en ley, trae un alivio significativo a más de 11 millones de motociclistas en Colombia.

A continuación, desglosamos estas cinco infracciones y explicamos cómo esta nueva normativa cambiará la dinámica del tránsito para los conductores de motos.

1. Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril

Anteriormente, circular en contravía no solo resultaba en una multa considerable, sino también en la inmovilización de la moto. Esta infracción es común entre motociclistas debido a la facilidad con la que pueden maniobrar sus vehículos. Ahora, con la nueva normativa, los motociclistas solo recibirán una multa por esta infracción, eliminando los costos adicionales de grúa y patios.

2. No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de Pare

Pasarse un semáforo en rojo o amarillo, o una señal de Pare, es una infracción que muchos conductores, no solo motociclistas, han cometido. Con la nueva ley, los motociclistas que incurran en esta falta recibirán únicamente una multa, similar a los conductores de automóviles, sin la inmovilización de sus motos.

3. Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados

La movilidad y el tamaño de las motocicletas a menudo llevan a los conductores a utilizar áreas no designadas para vehículos motorizados. Anteriormente, esta infracción resultaba en la inmovilización del vehículo. Con la nueva normativa, solo se aplicará una multa, promoviendo un uso más responsable de estas áreas sin las severas penalizaciones previas.

4. Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique

Adelantar en lugares prohibidos es una infracción que, antes de la nueva ley, llevaba a la inmovilización de la moto. Esta práctica, común entre motociclistas, ahora será sancionada únicamente con una multa, alineando las consecuencias con las aplicadas a los conductores de automóviles.

5. Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o a las cosas

Realizar maniobras peligrosas, como hacer caballitos (wheelies) o zigzaguear entre el tráfico, solía resultar en la inmovilización de la moto. Con la nueva normativa, estas infracciones serán sancionadas con una multa, permitiendo que los motociclistas mantengan su vehículo mientras promueven una conducción más segura.

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Impacto de la nueva normativa

La aprobación de esta ley representa un avance significativo hacia la equidad en la aplicación de sanciones de tránsito. Al eliminar la inmovilización de las motos por estas cinco infracciones, se nivela el campo de juego entre motociclistas y conductores de automóviles. Esta medida no solo reduce los costos y la burocracia para los motociclistas, sino que también promueve una mayor responsabilidad en la conducción.

Detalles sobre la nueva normativa de tránsito 2024

Para profundizar en los detalles de la nueva normativa de tránsito 2024 y cómo afecta a los motociclistas, a continuación, te presentamos un análisis completo. En el siguiente video, exploraremos cada una de las cinco infracciones modificadas y sus implicaciones, asegurando que estés bien informado sobre estos importantes cambios legales.

Creditos a: Señor Biter

El Señor Biter destaca una problemática conocida por muchos: la desigualdad en las sanciones entre conductores de carros y motocicletas. Mientras que un conductor de automóvil solo recibe un comparendo por ciertas infracciones, los motociclistas enfrentan la inmovilización de su vehículo, además de los costos adicionales de grúa y patios. Biter ha utilizado sus plataformas sociales para difundir un proyecto de ley que busca nivelar estas sanciones, logrando que algunas de las infracciones más comunes y costosas no resulten en la inmovilización de la moto, sino únicamente en una multa. Este cambio, ya aprobado en el Senado, traerá beneficios significativos para más de 11 millones de motociclistas en Colombia, eliminando la inmovilización para cinco infracciones específicas.

Preguntas frecuentes sobre la nueva normativa

¿Significa esto que ninguna infracción resultará en la inmovilización de mi moto? No, esta normativa aplica únicamente a las cinco infracciones mencionadas. Otras infracciones, como no tener el SOAT o la revisión técnico-mecánica vigente, seguirán resultando en la inmovilización del vehículo.

¿Qué debo hacer si un agente de tránsito intenta inmovilizar mi moto por una de estas infracciones? Es importante conocer tus derechos y tener claro que estas cinco infracciones ya no conllevan la inmovilización de tu moto. Si enfrentas una situación de este tipo, puedes argumentar la reciente normativa y, si es necesario, solicitar hablar con un superior o acudir a las instancias legales pertinentes.

¿Esta normativa aplica en todo el país? Sí, una vez firmada por el presidente, esta ley será aplicable en todo el territorio colombiano.

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Egresado del SENA en el programa de Tecnólogo en Análisis y Desarrollo de Software, con una fuerte pasión por la programación, la tecnología y las motos. Como programador junior, me especializo en crear soluciones eficientes utilizando mis conocimientos en lenguajes de programación y bases de datos. Además, trabajo como editor SEO, donde aplico técnicas de optimización para mejorar la visibilidad y el posicionamiento de contenido en línea. Combino mi formación técnica con mi experiencia en SEO para ofrecer un enfoque integral que optimiza tanto el desarrollo de software como el rendimiento del contenido web. Apasionado por las motos, me esfuerzo por mantenerme actualizado en las últimas tendencias tecnológicas para ofrecer siempre las mejores soluciones, tanto en el mundo digital como en mi vida personal.

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Comprar moto usada en Colombia: qué revisar antes de pagar

Verificación en el RUNT y el SIMIT, revisión mecánica, señales de adulteración y los plazos legales del traspaso al comprar una moto usada.

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Comprar una moto usada en Colombia se decide en dos frentes: los papeles y la mecánica. El orden importa. Una moto en excelente estado con un problema de registro es un negocio malo, y ese problema no se ve en una prueba de manejo.

Esta guía ordena las verificaciones en el orden en que conviene hacerlas: primero lo legal, que se consulta gratis y desde el celular; después lo mecánico, que exige ver la moto; y al final el traspaso, que tiene plazos definidos por el Código Nacional de Tránsito.

Lo primero: verificar los papeles, no el motor

Antes de desplazarse a ver la moto, pida la placa y el número de cédula del propietario. Con esos dos datos se resuelven casi todas las dudas legales.

Las consultas básicas son estas:

  • RUNT: confirma quién figura como propietario, el estado del registro, la vigencia del SOAT y de la revisión tecnicomecánica, y si el vehículo tiene limitaciones a la propiedad.
  • SIMIT: muestra los comparendos asociados a la placa y al documento del propietario.
  • Registro de Garantías Mobiliarias: revela si la moto está respaldando un crédito.
Logo del Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT
La consulta en el RUNT confirma propietario, vigencias y limitaciones antes de cualquier negociación.

Si el nombre del vendedor no coincide con el propietario registrado, exija el documento que lo autoriza a vender. Vender una moto que aún figura a nombre de otra persona es común en el mercado informal y complica el traspaso.

Los comparendos pendientes son el punto que más negocios frena sobre la firma. Conviene revisarlos antes y saber en qué estado están; sobre los valores vigentes puede consultar nuestra guía de multas de tránsito para motos en Colombia.

Qué documentos debe tener la moto en regla

DocumentoQué confirmar
Licencia de tránsitoQue los números de motor, chasis y placa coincidan con la moto física
SOATQue esté vigente y expedido para esa placa
Revisión tecnicomecánicaQue el certificado esté vigente cuando al modelo ya le aplique
ComparendosQue no haya multas ejecutoriadas sin pagar asociadas a la placa
Impuesto de vehículosQue esté al día en el departamento donde está matriculada

El artículo 46 del Código Nacional de Tránsito es claro: todo vehículo registrado y autorizado debe presentar el certificado vigente de revisión tecnicomecánica. Comprar una moto con ese certificado vencido traslada el problema al nuevo dueño.

La revisión mecánica que sí se puede hacer en 20 minutos

No hace falta ser mecánico para detectar lo evidente. Revise la moto en frío: un motor ya caliente esconde arranques difíciles, humos y ruidos.

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  1. Arranque en frío. Debe encender sin insistir. Escuche los primeros segundos: ahí aparecen los ruidos de válvulas y de cadena de distribución.
  2. Humo del escape. Humo azul continuo sugiere consumo de aceite. Humo blanco persistente, después de calentar, merece revisión.
  3. Fugas. Mire retenes de horquilla, tapa de embrague, base del cilindro y amortiguador trasero. Las manchas frescas hablan más que las viejas.
  4. Llantas. Verifique el desgaste y la fecha de fabricación en el flanco. Un par de llantas nuevas es un gasto inmediato que se puede negociar; sobre esto está nuestra guía de cuándo cambiar las llantas de la moto.
  5. Kit de arrastre. Cadena con tramos tensos y flojos, o piñones con dientes en forma de gancho, indican kit cumplido.
  6. Frenos. Palanca y pedal deben tener recorrido firme. Revise el espesor de las pastillas y el estado del disco.
  7. Suspensión. Empuje la moto contra el freno delantero: la horquilla debe bajar y subir sin rebotes ni ruidos secos.
  8. Batería y eléctrico. Luces, direccionales, pito y tablero deben responder con el motor apagado. Una batería agotada también se negocia, y aquí explicamos cuándo cambiar la batería de la moto.
  9. Prueba de manejo. Frene fuerte en recta, sienta si el manubrio vibra o si la moto se va de lado.

El kilometraje sirve de referencia, no de prueba. En motos de trabajo con alto recorrido, el estado del kit de arrastre, de los retenes y del asiento suele contar la historia real mejor que el odómetro.

Señales de que la moto fue intervenida

Este es el punto donde más dinero se pierde. El artículo 49 del Código Nacional de Tránsito prohíbe cambiar, modificar o adulterar los números de identificación del motor, el chasis o la serie, y prohíbe retocar o alterar las placas. Quien transita con esa condición queda expuesto a la misma sanción prevista para circular sin placas.

Qué mirar en la moto física:

  • Que el número de chasis esté grabado de forma uniforme, sin limado, repintado ni golpes alrededor.
  • Que el número de motor coincida exactamente con el de la licencia de tránsito, dígito por dígito.
  • Que la placa no tenga retoques, remaches cambiados ni caracteres reforzados con pintura.
  • Que la pintura del chasis sea homogénea en las zonas cercanas a los grabados.

La misma norma contempla un caso legítimo: el número de motor sí se puede modificar cuando el motor fue cambiado, previo cumplimiento de los requisitos ante el organismo de tránsito. Si el vendedor menciona un cambio de motor, ese trámite debe estar registrado. Si no lo está, el problema pasa al comprador.

Ante cualquier duda, la salida es una verificación física ante el organismo de tránsito antes de pagar. Es un trámite corto y evita una pérdida total.

El traspaso: plazos y responsabilidades

La transferencia de la propiedad no se perfecciona con el pago ni con la entrega de las llaves. El artículo 47 del Código Nacional de Tránsito lo define así: la tradición del dominio requiere la entrega material del vehículo y su inscripción ante el organismo de tránsito.

De ahí salen dos plazos que conviene tener claros:

  • La inscripción ante el organismo de tránsito debe hacerse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición.
  • El organismo de tránsito reporta la operación al Registro Nacional Automotor en un término no superior a 15 días.

Mientras el traspaso no se inscriba, la moto sigue figurando a nombre del vendedor. Ese detalle importa para los dos lados: el vendedor sigue apareciendo como propietario ante comparendos e impuestos, y el comprador no puede acreditar la propiedad.

Otro dato práctico: el propietario puede pedir el traslado de los documentos de un organismo de tránsito a otro sin costo alguno, y ese trámite no debe tardar más de diez días. Conviene tenerlo presente si la moto está matriculada en otro municipio.

Errores que salen caros

  • Pagar antes de verificar. Las consultas de RUNT y SIMIT toman minutos y son gratuitas.
  • Aceptar un traspaso aplazado. Dejar el trámite para después es lo que convierte una compra normal en un pleito.
  • Confiar en una foto de los documentos. Los papeles se verifican en físico y contra la moto, no contra una imagen.
  • Negociar sin revisar consumibles. Llantas, kit de arrastre, pastillas y batería suman una cifra que debe entrar en el precio.
  • Ignorar el impuesto de vehículos. La deuda acumulada sigue atada a la moto y sale a flote en el trámite.

Lo que aún no está claro

Los costos del traspaso no están unificados en el país. Cada organismo de tránsito fija sus derechos de trámite y a eso se suman los cargos del registro, así que el mismo negocio cuesta distinto según dónde se haga la inscripción. Antes de cerrar el precio conviene pedir la liquidación exacta en el organismo donde se hará el traspaso.

Tampoco existe un canal público único que muestre el historial de siniestros de una moto. Con las consultas disponibles se confirma la situación jurídica y las vigencias, pero no si el vehículo estuvo en un accidente grave. Esa información sigue dependiendo de la inspección física y de lo que informe el vendedor.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el traspaso?

La inscripción ante el organismo de tránsito debe realizarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición, según el artículo 47 del Código Nacional de Tránsito.

¿Puedo comprar una moto con comparendos pendientes?

Puede negociarla, pero las multas asociadas al vehículo siguen ahí y bloquean trámites. Lo sensato es acordar quién las paga y verificar en el SIMIT que quedaron saneadas antes de la inscripción.

¿La moto debe tener revisión tecnicomecánica vigente para venderla?

Todo vehículo registrado y autorizado para circular debe presentar el certificado vigente cuando ya le aplica. Si está vencido, el costo de ponerlo al día debe entrar en la negociación.

¿Qué hago si el número de motor no coincide con los papeles?

No cierre el negocio. La diferencia puede venir de un cambio de motor no registrado o de una adulteración. La verificación física ante el organismo de tránsito es el paso que aclara el caso.

Guía publicada el 27 de agosto de 2026 con base en la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, y sus modificaciones vigentes. Los costos y tiempos de trámite varían según el organismo de tránsito donde se realice la inscripción.

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