Moto Tips
Comprar moto usada en Colombia: qué revisar antes de pagar
Verificación en el RUNT y el SIMIT, revisión mecánica, señales de adulteración y los plazos legales del traspaso al comprar una moto usada.
Comprar una moto usada en Colombia se decide en dos frentes: los papeles y la mecánica. El orden importa. Una moto en excelente estado con un problema de registro es un negocio malo, y ese problema no se ve en una prueba de manejo.
Esta guía ordena las verificaciones en el orden en que conviene hacerlas: primero lo legal, que se consulta gratis y desde el celular; después lo mecánico, que exige ver la moto; y al final el traspaso, que tiene plazos definidos por el Código Nacional de Tránsito.
Lo primero: verificar los papeles, no el motor
Antes de desplazarse a ver la moto, pida la placa y el número de cédula del propietario. Con esos dos datos se resuelven casi todas las dudas legales.
Las consultas básicas son estas:
- RUNT: confirma quién figura como propietario, el estado del registro, la vigencia del SOAT y de la revisión tecnicomecánica, y si el vehículo tiene limitaciones a la propiedad.
- SIMIT: muestra los comparendos asociados a la placa y al documento del propietario.
- Registro de Garantías Mobiliarias: revela si la moto está respaldando un crédito.

Si el nombre del vendedor no coincide con el propietario registrado, exija el documento que lo autoriza a vender. Vender una moto que aún figura a nombre de otra persona es común en el mercado informal y complica el traspaso.
Los comparendos pendientes son el punto que más negocios frena sobre la firma. Conviene revisarlos antes y saber en qué estado están; sobre los valores vigentes puede consultar nuestra guía de multas de tránsito para motos en Colombia.
Qué documentos debe tener la moto en regla
| Documento | Qué confirmar |
|---|---|
| Licencia de tránsito | Que los números de motor, chasis y placa coincidan con la moto física |
| SOAT | Que esté vigente y expedido para esa placa |
| Revisión tecnicomecánica | Que el certificado esté vigente cuando al modelo ya le aplique |
| Comparendos | Que no haya multas ejecutoriadas sin pagar asociadas a la placa |
| Impuesto de vehículos | Que esté al día en el departamento donde está matriculada |
El artículo 46 del Código Nacional de Tránsito es claro: todo vehículo registrado y autorizado debe presentar el certificado vigente de revisión tecnicomecánica. Comprar una moto con ese certificado vencido traslada el problema al nuevo dueño.
La revisión mecánica que sí se puede hacer en 20 minutos
No hace falta ser mecánico para detectar lo evidente. Revise la moto en frío: un motor ya caliente esconde arranques difíciles, humos y ruidos.
- Arranque en frío. Debe encender sin insistir. Escuche los primeros segundos: ahí aparecen los ruidos de válvulas y de cadena de distribución.
- Humo del escape. Humo azul continuo sugiere consumo de aceite. Humo blanco persistente, después de calentar, merece revisión.
- Fugas. Mire retenes de horquilla, tapa de embrague, base del cilindro y amortiguador trasero. Las manchas frescas hablan más que las viejas.
- Llantas. Verifique el desgaste y la fecha de fabricación en el flanco. Un par de llantas nuevas es un gasto inmediato que se puede negociar; sobre esto está nuestra guía de cuándo cambiar las llantas de la moto.
- Kit de arrastre. Cadena con tramos tensos y flojos, o piñones con dientes en forma de gancho, indican kit cumplido.
- Frenos. Palanca y pedal deben tener recorrido firme. Revise el espesor de las pastillas y el estado del disco.
- Suspensión. Empuje la moto contra el freno delantero: la horquilla debe bajar y subir sin rebotes ni ruidos secos.
- Batería y eléctrico. Luces, direccionales, pito y tablero deben responder con el motor apagado. Una batería agotada también se negocia, y aquí explicamos cuándo cambiar la batería de la moto.
- Prueba de manejo. Frene fuerte en recta, sienta si el manubrio vibra o si la moto se va de lado.
El kilometraje sirve de referencia, no de prueba. En motos de trabajo con alto recorrido, el estado del kit de arrastre, de los retenes y del asiento suele contar la historia real mejor que el odómetro.
Señales de que la moto fue intervenida
Este es el punto donde más dinero se pierde. El artículo 49 del Código Nacional de Tránsito prohíbe cambiar, modificar o adulterar los números de identificación del motor, el chasis o la serie, y prohíbe retocar o alterar las placas. Quien transita con esa condición queda expuesto a la misma sanción prevista para circular sin placas.
Qué mirar en la moto física:
- Que el número de chasis esté grabado de forma uniforme, sin limado, repintado ni golpes alrededor.
- Que el número de motor coincida exactamente con el de la licencia de tránsito, dígito por dígito.
- Que la placa no tenga retoques, remaches cambiados ni caracteres reforzados con pintura.
- Que la pintura del chasis sea homogénea en las zonas cercanas a los grabados.
La misma norma contempla un caso legítimo: el número de motor sí se puede modificar cuando el motor fue cambiado, previo cumplimiento de los requisitos ante el organismo de tránsito. Si el vendedor menciona un cambio de motor, ese trámite debe estar registrado. Si no lo está, el problema pasa al comprador.
Ante cualquier duda, la salida es una verificación física ante el organismo de tránsito antes de pagar. Es un trámite corto y evita una pérdida total.
El traspaso: plazos y responsabilidades
La transferencia de la propiedad no se perfecciona con el pago ni con la entrega de las llaves. El artículo 47 del Código Nacional de Tránsito lo define así: la tradición del dominio requiere la entrega material del vehículo y su inscripción ante el organismo de tránsito.
De ahí salen dos plazos que conviene tener claros:
- La inscripción ante el organismo de tránsito debe hacerse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición.
- El organismo de tránsito reporta la operación al Registro Nacional Automotor en un término no superior a 15 días.
Mientras el traspaso no se inscriba, la moto sigue figurando a nombre del vendedor. Ese detalle importa para los dos lados: el vendedor sigue apareciendo como propietario ante comparendos e impuestos, y el comprador no puede acreditar la propiedad.
Otro dato práctico: el propietario puede pedir el traslado de los documentos de un organismo de tránsito a otro sin costo alguno, y ese trámite no debe tardar más de diez días. Conviene tenerlo presente si la moto está matriculada en otro municipio.
Errores que salen caros
- Pagar antes de verificar. Las consultas de RUNT y SIMIT toman minutos y son gratuitas.
- Aceptar un traspaso aplazado. Dejar el trámite para después es lo que convierte una compra normal en un pleito.
- Confiar en una foto de los documentos. Los papeles se verifican en físico y contra la moto, no contra una imagen.
- Negociar sin revisar consumibles. Llantas, kit de arrastre, pastillas y batería suman una cifra que debe entrar en el precio.
- Ignorar el impuesto de vehículos. La deuda acumulada sigue atada a la moto y sale a flote en el trámite.
Lo que aún no está claro
Los costos del traspaso no están unificados en el país. Cada organismo de tránsito fija sus derechos de trámite y a eso se suman los cargos del registro, así que el mismo negocio cuesta distinto según dónde se haga la inscripción. Antes de cerrar el precio conviene pedir la liquidación exacta en el organismo donde se hará el traspaso.
Tampoco existe un canal público único que muestre el historial de siniestros de una moto. Con las consultas disponibles se confirma la situación jurídica y las vigencias, pero no si el vehículo estuvo en un accidente grave. Esa información sigue dependiendo de la inspección física y de lo que informe el vendedor.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el traspaso?
La inscripción ante el organismo de tránsito debe realizarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición, según el artículo 47 del Código Nacional de Tránsito.
¿Puedo comprar una moto con comparendos pendientes?
Puede negociarla, pero las multas asociadas al vehículo siguen ahí y bloquean trámites. Lo sensato es acordar quién las paga y verificar en el SIMIT que quedaron saneadas antes de la inscripción.
¿La moto debe tener revisión tecnicomecánica vigente para venderla?
Todo vehículo registrado y autorizado para circular debe presentar el certificado vigente cuando ya le aplica. Si está vencido, el costo de ponerlo al día debe entrar en la negociación.
¿Qué hago si el número de motor no coincide con los papeles?
No cierre el negocio. La diferencia puede venir de un cambio de motor no registrado o de una adulteración. La verificación física ante el organismo de tránsito es el paso que aclara el caso.
Guía publicada el 27 de agosto de 2026 con base en la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, y sus modificaciones vigentes. Los costos y tiempos de trámite varían según el organismo de tránsito donde se realice la inscripción.
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Traspaso de moto en Colombia: el plazo de 60 días hábiles y qué pasa si no lo hace
El traspaso no termina con la entrega de la moto: hasta que se inscriba en el organismo de tránsito, el vendedor sigue respondiendo por ella. Requisitos, costos de 2026 y el plazo que fija la ley.
Vender la moto y entregar las llaves no lo saca del registro. Mientras el traspaso no quede inscrito en el organismo de tránsito, el vendedor sigue apareciendo como propietario ante la ley, y con eso siguen llegándole comparendos, impuestos y la eventual responsabilidad por un siniestro que ya no tuvo nada que ver con él. Esta es la guía del trámite: qué exige, cuánto cuesta, cuánto tiempo hay para hacerlo y dónde se traba.
Por qué el traspaso define quién responde por la moto
El artículo 47 de la Ley 769 de 2002 es explícito: la tradición del dominio de un vehículo requiere, además de su entrega material, su inscripción en el organismo de tránsito correspondiente. El contrato de compraventa prueba el negocio entre las partes, pero no cambia el registro.
La Alcaldía de Bogotá lo plantea en los mismos términos: mientras el traspaso no esté registrado en el RUNT, quien aparece como propietario “continuará siendo la responsable del vehículo ante la ley”. Eso puede traducirse en comparendos, impuestos pendientes o responsabilidad por un siniestro vial, aunque la persona ya no tenga la moto.
El plazo: 60 días hábiles
El mismo artículo 47 fija dos términos distintos que suelen confundirse:
- 60 días hábiles para inscribir el vehículo ante el organismo de tránsito, contados desde la adquisición. Es el plazo que corre después de la compraventa.
- 15 días es el término que tiene el organismo de tránsito para reportar esa inscripción al Registro Nacional Automotor. No es un plazo del ciudadano.
El riesgo de dejar pasar los 60 días hábiles no es solo una sanción: es que la moto siga rodando —y multando— a nombre de quien ya la vendió.
Requisitos antes de agendar
Según los requisitos publicados por la Alcaldía de Bogotá, antes de pedir cita deben cumplirse estas condiciones:
- Documento de identidad original de comprador y vendedor.
- Vendedor y comprador inscritos en el RUNT. Si un tercero hace el trámite, también debe estar inscrito.
- La moto matriculada en la ciudad donde se hace el trámite y registrada en el RUNT.
- SOAT vigente.
- Revisión técnico-mecánica vigente, cuando ya le corresponda a la moto.
- Paz y salvo de multas de tránsito a nivel nacional, para ambas partes.
- Paz y salvo del impuesto del vehículo.
- Si alguna de las partes es persona jurídica, certificado de existencia y representación legal verificado en el RUES.

El paz y salvo de multas aplica a las dos personas, no solo al vendedor. Un comparendo pendiente del comprador en cualquier organismo de tránsito del país frena el trámite, así que conviene revisarlo con anticipación.
Los documentos que hay que llevar
- Formulario de solicitud del Registro Nacional Automotor, diligenciado. Es el formulario único nacional y se descarga sin costo.
- Contrato de compraventa o documento que acredite la transferencia.
- Improntas del vehículo adheridas al contrato. Cuando son de difícil acceso, se acepta certificación de la DIJIN. También sirve la certificación del fabricante, ensamblador o importador, o la imagen del código QR, según corresponda.
- Recibo de pago de la retención en la fuente.
- Comprobante del pago de la tarifa en el banco autorizado.
Cuánto cuesta y quién paga
La tarifa la fija cada organismo de tránsito, así que varía de ciudad a ciudad. Estas son las cifras publicadas para 2026 en dos de ellos:
| Organismo de tránsito | Trámite | Tarifa 2026 |
|---|---|---|
| Bogotá — Ventanilla Única de Servicios | Traspaso de moto | $145.500 |
| Bogotá — Ventanilla Única de Servicios | Traspaso de carro | $260.400 |
| Manizales — Movilidad en Línea | Traspaso simple, sin certificado de tradición | $164.318 |
| Manizales — Movilidad en Línea | Traspaso simple, con certificado de tradición | $224.947 |
A eso se suma la retención en la fuente del 1 % sobre el avalúo comercial del vehículo. Movilidad en Línea de Manizales precisa que sus tarifas no la incluyen.
Sobre quién paga, la norma no lo reparte: comprador y vendedor lo acuerdan. La práctica más común es que el comprador asuma los derechos de tránsito o se dividan en partes iguales, y que la retención en la fuente corra por cuenta del vendedor. Conviene dejarlo por escrito en el contrato antes de entregar la moto.
El traspaso no suele ser el único gasto del negocio. Si la moto viene con prenda, si hace falta el certificado de tradición o si quiere comparar los derechos de tránsito de otras ciudades, el desglose completo de costos de compraventa está en nuestro repaso de tarifas RUNT y derechos de tránsito de 2026.
Paso a paso del trámite
El procedimiento de la Ventanilla Única de Servicios de Bogotá funciona así, y sirve como referencia general:
- Verifique los requisitos. Confirme paz y salvos, SOAT, técnico-mecánica e inscripciones en el RUNT antes de pedir cita. Es donde se cae la mayoría de los trámites.
- Agende la cita en línea, en la opción “Agenda tu cita”. No se requieren intermediarios.
- Asista con los documentos en la fecha y hora asignadas, en cualquiera de las 19 sedes. Si el trámite lo hace un tercero, debe presentar contrato de mandato.
- Entregue los documentos y pague en la caja de la ventanilla.
- Consulte el estado en línea para saber cuándo volver.
- Reclame la licencia de tránsito con el nuevo propietario en el módulo de entrega de documentos, presentando el desprendible del radicado. Este paso no requiere cita.
Si la moto está matriculada en otra ciudad
El traspaso se hace en el organismo donde la moto está registrada. Si quien la compró vive en otra ciudad y quiere mover la matrícula, son dos trámites adicionales y en este orden:
- Traslado de cuenta, en el organismo de origen: la solicitud para que envíe la carpeta del vehículo —registro, historial y pagos— al organismo de destino.
- Radicación de la matrícula (o radicado de cuenta), en el organismo de destino: el paso que cierra el proceso una vez la carpeta llegó.
Hay un plazo que se suele pasar por alto: Movilidad en Línea de Manizales fija 60 días desde la solicitud de traslado para radicar la matrícula en el destino. Si no se hace, la carpeta se devuelve al organismo de origen y hay que empezar de nuevo. En Bogotá el trámite de cierre es la radicación de la matrícula.
Motos de 125 c.c. o menos: un requisito menos
Para las motos de cilindraje igual o menor a 125 c.c., el paz y salvo del impuesto vehicular no se exige. Movilidad en Línea de Manizales lo señala de forma expresa en el requisito de impuestos: “No aplica para automotores con cilindraje igual o menor a 125cc”.
El motivo es que ese segmento está exento del impuesto sobre vehículos automotores, algo que explicamos en detalle en este artículo sobre las motos de 125 c.c. y el impuesto vehicular. Los demás requisitos —RUNT, paz y salvo de multas, SOAT— siguen aplicando igual.
Los errores que dejan el trámite trabado
- Firmar el contrato y no agendar. Es el error más costoso: la moto queda circulando a nombre del vendedor.
- No revisar los comparendos del comprador. El paz y salvo nacional aplica a ambas partes.
- Llegar con el SOAT vencido o sin que esté cargado en el RUNT.
- Improntas mal tomadas o no adheridas al contrato. Es una causa frecuente de devolución en ventanilla.
- Dar por hecho que la tarifa es la misma en todo el país. Cada organismo publica la suya, y la diferencia entre ciudades puede ser de decenas de miles de pesos.
Si está del lado de la compra, vale la pena hacer antes la verificación completa del vehículo y del vendedor: lo cubrimos en esta guía para revisar una moto usada y en esta otra sobre cómo comprar sin caer en estafas.
Cuando el comprador desapareció y no hay forma de que firme, existe una vía distinta: el traspaso a persona indeterminada, un mecanismo que tratamos aparte porque tiene requisitos y efectos propios.
Lo que aún no está claro
La publicación de tarifas de Bogotá describe el valor del traspaso como un monto que “incluye 1 % sobre el avalúo como retefuente comercial”, pero al mismo tiempo exige el recibo de pago de la retención en la fuente como documento aparte. Antes de ir a la cita conviene pedir el desglose exacto en la línea de atención de la Ventanilla Única de Servicios, para saber si hay que llevar un pago adicional al de la tarifa.
Tampoco existe una tarifa nacional unificada: cada organismo de tránsito fija y publica la suya, y no hay un tarifario único que permita compararlas en un solo lugar. Quien vaya a hacer el trámite fuera de Bogotá o Manizales tendrá que consultar el valor vigente en la secretaría de movilidad o tránsito de su ciudad, porque las cifras cambian cada año.
Los requisitos tienen una base nacional común, pero cada organismo puede pedir soportes adicionales según su propio manual de trámites. La lista definitiva es la que publique el organismo donde está matriculada la moto.
Información verificada al 9 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el traspaso de una moto?
El artículo 47 de la Ley 769 de 2002 establece que la inscripción ante el organismo de tránsito debe hacerse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición del vehículo.
¿Cuánto vale el traspaso de una moto en 2026?
Depende del organismo de tránsito. En Bogotá la tarifa publicada para 2026 es de $145.500 y en Manizales el traspaso simple va de $164.318 a $224.947 según si incluye certificado de tradición. A eso se suma la retención en la fuente del 1 % sobre el avalúo comercial.
¿Quién paga el traspaso, el comprador o el vendedor?
No lo fija la norma. Lo acuerdan las partes, y lo habitual es que el comprador asuma los derechos de tránsito o se dividan, mientras el vendedor paga la retención en la fuente. Conviene pactarlo por escrito en el contrato.
¿Qué pasa si no hago el traspaso?
Quien figura en el registro sigue siendo el responsable del vehículo ante la ley, con lo que eso implica en comparendos, impuestos pendientes y responsabilidad en caso de un siniestro vial.
¿Necesito paz y salvo de impuestos si mi moto es de 125 c.c.?
No. Ese requisito no aplica para vehículos con cilindraje igual o menor a 125 c.c., porque están exentos del impuesto sobre vehículos automotores. Los demás requisitos sí se mantienen.
¿Puedo hacer el traspaso en una ciudad distinta a donde está matriculada la moto?
No directamente. El traspaso se hace donde está registrada. Para mover la matrícula a otra ciudad hay que tramitar el traslado de cuenta en el organismo de origen y la radicación de la matrícula en el de destino.
En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.
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