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¿Cuánto pagará de SOAT este año? Consulte la lista oficial de tarifas 2026 por cilindraje y modelo
El ajuste del SOAT en Colombia para 2026 incrementa tarifas, especialmente para motocicletas (5.17 %), debido a la alta siniestralidad. Nuevos precios varían según tipo y antigüedad de vehículo.
Actualizado el 17 de abril de 2026
El inicio del año 2026 trae consigo, como es costumbre en la economía nacional, el ajuste de precios en diversos bienes y servicios indexados a indicadores económicos clave. Uno de los anuncios más esperados —y temidos— por los millones de conductores en Colombia es la actualización de las tarifas del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).
La Superintendencia Financiera de Colombia ha dado a conocer los nuevos valores que regirán durante este periodo, marcando una diferencia sustancial en el porcentaje de aumento dependiendo del tipo de vehículo. Mientras que la gran mayoría del parque automotor verá un ajuste leve, los motociclistas enfrentarán un incremento más pronunciado, cercano al 5.17 %, una decisión fundamentada en el aumento de la Unidad de Valor Tributario (UVT) y los análisis de siniestralidad vial.
El contexto del aumento: UVT y Siniestralidad
Para entender por qué el seguro ha subido, es imperativo analizar los factores técnicos detrás de la decisión. A diferencia de otros años donde el aumento se ligaba directamente al Salario Mínimo, en esta ocasión el ajuste responde a la Unidad de Valor Tributario (UVT) y a la clasificación técnica de riesgo.
¿Por qué las motos pagan más?
El dato más relevante de esta actualización tarifaria es la disparidad en el incremento porcentual.
- Motos y ciclomotores: Aumento del 5.17 %.
- Resto de vehículos (Carros, camionetas, etc.): Ajuste promedio del 0.38 %.
Esta diferencia no es arbitraria. El sistema de seguros se basa en el principio de mutualidad y riesgo. Según las autoridades de tránsito y aseguradoras, el segmento de las motocicletas continúa aportando la mayor cuota de siniestralidad en las vías del país. La probabilidad de accidentes con lesiones a terceros y la gravedad de las mismas es estadísticamente mayor en vehículos de dos ruedas, lo que eleva la “prima de riesgo” necesaria para cubrir dichos eventos.
El ajuste del 5.17 % para las motos busca equilibrar la balanza financiera del sistema, asegurando que existan fondos suficientes para la atención médica de las víctimas de accidentes de tránsito, un rubro que ha estado bajo presión en los últimos años debido a la alta accidentalidad y a los fraudes al sistema.
Tarifas Oficiales del SOAT 2026: Lista Detallada

A continuación, presentamos el desglose oficial de los precios que los conductores deberán asumir. Los valores varían significativamente según la antigüedad del vehículo (si tiene menos o más de 10 años de matriculado) y el cilindraje del motor.
1. Precios del SOAT para Motos en 2026
Este es el segmento más impactado por las nuevas tarifas. Es importante notar que, a pesar del aumento generalizado, existe una categoría que se mantiene como la más económica del mercado, diseñada para vehículos de muy bajo cilindraje.
Los ciclomotores son la excepción:
La única categoría que pagará por debajo de la barrera de los $150.000 pesos son los ciclomotores (vehículos de menos de 50 c.c.), cuya tarifa se fijó en $126.000.
Para el resto de motocicletas, así quedaron los valores:
Categoría / Cilindraje Tarifa 2026 Menos de 100 c.c. $ 256.200 Entre 100 y 200 c.c. $ 343.300 Más de 200 c.c. $ 761.400 Moto carro, tricimoto y cuadriciclo $ 386.900 Motocarro (5 pasajeros) $ 386.900
Análisis: Se observa un salto drástico en el precio para las motos de alto cilindraje (más de 200 c.c.), las cuales pagarán más del doble que una moto de gama media (100-200 c.c.). Esto responde a que se consideran vehículos de mayor potencia y, por ende, de mayor riesgo potencial en caso de colisión a alta velocidad.
2. Precios para Carros Particulares (Automóviles familiares)
Para los propietarios de automóviles, el ajuste ha sido más moderado (0.38 % adicional). Sin embargo, el valor final depende estrictamente de la edad del carro y el tamaño de su motor.
- Te podría interesar: Ley ABS 2025: ¿Bajan de precio las motos usadas sin ABS?
Vehículos con menos de 10 años de antigüedad
Si su carro fue matriculado hace menos de una década (modelos 2017 en adelante, aproximadamente), estas son sus tarifas:
- Menos de 1.500 c.c.: $ 447.300.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c.: $ 544.700.
- Más de 2.500 c.c.: $ 636.000.
Vehículos con 10 o más años de antigüedad
Los carros más antiguos pagan una tarifa más alta. Esto se debe a que, estadísticamente, los vehículos con mayor desgaste pueden tener sistemas de seguridad menos modernos o fallas mecánicas que incrementan el riesgo de accidente.
- Menos de 1.500 c.c.: $ 592.900.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c.: $ 677.400.
- Más de 2.500 c.c.: $ 754.300.
3. Precios para Camperos y Camionetas
Este segmento incluye vehículos tipo SUV, 4×4 y camionetas de platón, muy comunes tanto en las ciudades como en las zonas rurales de Colombia. Al ser vehículos más robustos y pesados, sus tarifas son considerablemente más altas que las de un automóvil sedán estándar, ya que el daño potencial que pueden causar a terceros en un accidente es mayor.
Camperos/Camionetas con menos de 10 años de antigüedad
- Menos de 1.500 c.c.: $ 792.800.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c.: $ 946.600.
- Más de 2.500 c.c.: $ 1.110.300.
Camperos/Camionetas con 10 o más años de antigüedad
Aquí encontramos las tarifas más altas de la lista para vehículos particulares, superando en algunos casos el millón doscientos mil pesos.
- Menos de 1.500 c.c.: $ 953.000.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c.: $ 1.121.400.
- Más de 2.500 c.c.: $ 1.274.000.
Lo que debe saber sobre la cobertura del SOAT en 2026
Más allá del precio, es fundamental recordar qué es lo que está pagando. El SOAT no es un impuesto; es un seguro con una función social crítica. A menudo existe confusión sobre sus alcances frente a un seguro voluntario o “Todo Riesgo”.
El objetivo principal del SOAT es garantizar la atención médica inmediata e incondicional a todas las víctimas de un accidente de tránsito (conductor, ocupantes y peatones), sin importar quién tuvo la culpa.
Coberturas vigentes:
- Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios: Cubre hasta 800 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV) o los topes definidos por la normativa actual ajustada a la UVT.
- Incapacidad permanente: Indemnización para la víctima si pierde capacidad laboral.
- Muerte y gastos funerarios: Indemnización a los beneficiarios de la víctima fallecida y cobertura de gastos de exequias.
- Gastos de transporte: Cubre el traslado de las víctimas desde el sitio del accidente hasta el centro médico (ambulancias).
Nota Importante: El SOAT NO cubre los daños materiales a los vehículos (latas, repuestos) ni la responsabilidad civil por daños a bienes de terceros. Para ello, es necesario adquirir un seguro voluntario adicional.
Sanciones: El costo de no tener el SOAT al día
Conducir con el SOAT vencido en 2026 no solo es un acto de irresponsabilidad social, sino un golpe severo al bolsillo. Las autoridades de tránsito utilizan cámaras de fotodetección y controles en vía para verificar la vigencia de la póliza en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).
Si es sorprendido sin el seguro vigente, se expone a:
- Multa económica: Equivalente a 30 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes.
- Inmovilización del vehículo: Su carro o moto será llevado a “patios”.
- Gastos adicionales: Deberá pagar el servicio de grúa y el costo por cada día de parqueadero en los patios, valores que también suelen ajustarse con el cambio de año.
Además, en caso de accidente sin SOAT, el propietario del vehículo deberá responder con su propio patrimonio por todos los gastos médicos y hospitalarios de las víctimas, lo cual puede ascender a cientos de millones de pesos.
Recomendaciones de seguridad para la compra
El aumento de las tarifas suele ser aprovechado por ciberdelincuentes para ofrecer pólizas con supuestos “descuentos” que terminan siendo estafas. Recuerde que el SOAT tiene un precio regulado por ley, por lo que descuentos excesivos (como “pague uno y lleve dos” o descuentos del 50% fuera de campañas oficiales del gobierno) son una señal de alerta inmediata.
Consejos para una compra segura (EEAT – Trustworthiness):
- Canales oficiales: Compre únicamente a través de las páginas web de aseguradoras reconocidas o plataformas bancarias autorizadas.
- Verifique la URL: Asegúrese de que la página comience con
https://y corresponda al dominio oficial de la compañía. - No use intermediarios informales: Evite comprar el SOAT a través de cadenas de WhatsApp o perfiles de redes sociales no verificados.
- Verificación en el RUNT: Una vez adquirido el seguro, la información debe cargarse en el RUNT en un plazo máximo de 24 horas. Usted puede verificar la vigencia de su póliza ingresando la placa de su vehículo en la página web del RUNT.
El 2026 inicia con nuevos retos para el bolsillo de los colombianos. Si bien el aumento para los carros particulares y camionetas ha sido marginal (0.38 %), el incremento del 5.17 % para las motocicletas refleja la preocupación de las autoridades por la alta siniestralidad de este medio de transporte.
Mantener su documentación al día es el primer paso para una conducción responsable. Le invitamos a revisar la fecha de vencimiento de su póliza actual y programar la renovación teniendo en cuenta estos nuevos valores.
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Comprar moto usada en Colombia: qué revisar antes de pagar
Verificación en el RUNT y el SIMIT, revisión mecánica, señales de adulteración y los plazos legales del traspaso al comprar una moto usada.
Comprar una moto usada en Colombia se decide en dos frentes: los papeles y la mecánica. El orden importa. Una moto en excelente estado con un problema de registro es un negocio malo, y ese problema no se ve en una prueba de manejo.
Esta guía ordena las verificaciones en el orden en que conviene hacerlas: primero lo legal, que se consulta gratis y desde el celular; después lo mecánico, que exige ver la moto; y al final el traspaso, que tiene plazos definidos por el Código Nacional de Tránsito.
Lo primero: verificar los papeles, no el motor
Antes de desplazarse a ver la moto, pida la placa y el número de cédula del propietario. Con esos dos datos se resuelven casi todas las dudas legales.
Las consultas básicas son estas:
- RUNT: confirma quién figura como propietario, el estado del registro, la vigencia del SOAT y de la revisión tecnicomecánica, y si el vehículo tiene limitaciones a la propiedad.
- SIMIT: muestra los comparendos asociados a la placa y al documento del propietario.
- Registro de Garantías Mobiliarias: revela si la moto está respaldando un crédito.

Si el nombre del vendedor no coincide con el propietario registrado, exija el documento que lo autoriza a vender. Vender una moto que aún figura a nombre de otra persona es común en el mercado informal y complica el traspaso.
Los comparendos pendientes son el punto que más negocios frena sobre la firma. Conviene revisarlos antes y saber en qué estado están; sobre los valores vigentes puede consultar nuestra guía de multas de tránsito para motos en Colombia.
Qué documentos debe tener la moto en regla
| Documento | Qué confirmar |
|---|---|
| Licencia de tránsito | Que los números de motor, chasis y placa coincidan con la moto física |
| SOAT | Que esté vigente y expedido para esa placa |
| Revisión tecnicomecánica | Que el certificado esté vigente cuando al modelo ya le aplique |
| Comparendos | Que no haya multas ejecutoriadas sin pagar asociadas a la placa |
| Impuesto de vehículos | Que esté al día en el departamento donde está matriculada |
El artículo 46 del Código Nacional de Tránsito es claro: todo vehículo registrado y autorizado debe presentar el certificado vigente de revisión tecnicomecánica. Comprar una moto con ese certificado vencido traslada el problema al nuevo dueño.
La revisión mecánica que sí se puede hacer en 20 minutos
No hace falta ser mecánico para detectar lo evidente. Revise la moto en frío: un motor ya caliente esconde arranques difíciles, humos y ruidos.
- Arranque en frío. Debe encender sin insistir. Escuche los primeros segundos: ahí aparecen los ruidos de válvulas y de cadena de distribución.
- Humo del escape. Humo azul continuo sugiere consumo de aceite. Humo blanco persistente, después de calentar, merece revisión.
- Fugas. Mire retenes de horquilla, tapa de embrague, base del cilindro y amortiguador trasero. Las manchas frescas hablan más que las viejas.
- Llantas. Verifique el desgaste y la fecha de fabricación en el flanco. Un par de llantas nuevas es un gasto inmediato que se puede negociar; sobre esto está nuestra guía de cuándo cambiar las llantas de la moto.
- Kit de arrastre. Cadena con tramos tensos y flojos, o piñones con dientes en forma de gancho, indican kit cumplido.
- Frenos. Palanca y pedal deben tener recorrido firme. Revise el espesor de las pastillas y el estado del disco.
- Suspensión. Empuje la moto contra el freno delantero: la horquilla debe bajar y subir sin rebotes ni ruidos secos.
- Batería y eléctrico. Luces, direccionales, pito y tablero deben responder con el motor apagado. Una batería agotada también se negocia, y aquí explicamos cuándo cambiar la batería de la moto.
- Prueba de manejo. Frene fuerte en recta, sienta si el manubrio vibra o si la moto se va de lado.
El kilometraje sirve de referencia, no de prueba. En motos de trabajo con alto recorrido, el estado del kit de arrastre, de los retenes y del asiento suele contar la historia real mejor que el odómetro.
Señales de que la moto fue intervenida
Este es el punto donde más dinero se pierde. El artículo 49 del Código Nacional de Tránsito prohíbe cambiar, modificar o adulterar los números de identificación del motor, el chasis o la serie, y prohíbe retocar o alterar las placas. Quien transita con esa condición queda expuesto a la misma sanción prevista para circular sin placas.
Qué mirar en la moto física:
- Que el número de chasis esté grabado de forma uniforme, sin limado, repintado ni golpes alrededor.
- Que el número de motor coincida exactamente con el de la licencia de tránsito, dígito por dígito.
- Que la placa no tenga retoques, remaches cambiados ni caracteres reforzados con pintura.
- Que la pintura del chasis sea homogénea en las zonas cercanas a los grabados.
La misma norma contempla un caso legítimo: el número de motor sí se puede modificar cuando el motor fue cambiado, previo cumplimiento de los requisitos ante el organismo de tránsito. Si el vendedor menciona un cambio de motor, ese trámite debe estar registrado. Si no lo está, el problema pasa al comprador.
Ante cualquier duda, la salida es una verificación física ante el organismo de tránsito antes de pagar. Es un trámite corto y evita una pérdida total.
El traspaso: plazos y responsabilidades
La transferencia de la propiedad no se perfecciona con el pago ni con la entrega de las llaves. El artículo 47 del Código Nacional de Tránsito lo define así: la tradición del dominio requiere la entrega material del vehículo y su inscripción ante el organismo de tránsito.
De ahí salen dos plazos que conviene tener claros:
- La inscripción ante el organismo de tránsito debe hacerse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición.
- El organismo de tránsito reporta la operación al Registro Nacional Automotor en un término no superior a 15 días.
Mientras el traspaso no se inscriba, la moto sigue figurando a nombre del vendedor. Ese detalle importa para los dos lados: el vendedor sigue apareciendo como propietario ante comparendos e impuestos, y el comprador no puede acreditar la propiedad.
Otro dato práctico: el propietario puede pedir el traslado de los documentos de un organismo de tránsito a otro sin costo alguno, y ese trámite no debe tardar más de diez días. Conviene tenerlo presente si la moto está matriculada en otro municipio.
Errores que salen caros
- Pagar antes de verificar. Las consultas de RUNT y SIMIT toman minutos y son gratuitas.
- Aceptar un traspaso aplazado. Dejar el trámite para después es lo que convierte una compra normal en un pleito.
- Confiar en una foto de los documentos. Los papeles se verifican en físico y contra la moto, no contra una imagen.
- Negociar sin revisar consumibles. Llantas, kit de arrastre, pastillas y batería suman una cifra que debe entrar en el precio.
- Ignorar el impuesto de vehículos. La deuda acumulada sigue atada a la moto y sale a flote en el trámite.
Lo que aún no está claro
Los costos del traspaso no están unificados en el país. Cada organismo de tránsito fija sus derechos de trámite y a eso se suman los cargos del registro, así que el mismo negocio cuesta distinto según dónde se haga la inscripción. Antes de cerrar el precio conviene pedir la liquidación exacta en el organismo donde se hará el traspaso.
Tampoco existe un canal público único que muestre el historial de siniestros de una moto. Con las consultas disponibles se confirma la situación jurídica y las vigencias, pero no si el vehículo estuvo en un accidente grave. Esa información sigue dependiendo de la inspección física y de lo que informe el vendedor.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el traspaso?
La inscripción ante el organismo de tránsito debe realizarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la adquisición, según el artículo 47 del Código Nacional de Tránsito.
¿Puedo comprar una moto con comparendos pendientes?
Puede negociarla, pero las multas asociadas al vehículo siguen ahí y bloquean trámites. Lo sensato es acordar quién las paga y verificar en el SIMIT que quedaron saneadas antes de la inscripción.
¿La moto debe tener revisión tecnicomecánica vigente para venderla?
Todo vehículo registrado y autorizado para circular debe presentar el certificado vigente cuando ya le aplica. Si está vencido, el costo de ponerlo al día debe entrar en la negociación.
¿Qué hago si el número de motor no coincide con los papeles?
No cierre el negocio. La diferencia puede venir de un cambio de motor no registrado o de una adulteración. La verificación física ante el organismo de tránsito es el paso que aclara el caso.
Guía publicada el 27 de agosto de 2026 con base en la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, y sus modificaciones vigentes. Los costos y tiempos de trámite varían según el organismo de tránsito donde se realice la inscripción.
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