Moto Tips
¿Vale la pena comprar moto en Colombia en 2026? Costos, Riesgos y Guía Definitiva
El 2026 trae un escenario agridulce: gasolina más barata pero un “impuestazo” del 19% al consumo para la gama media. En este editorial desglosamos la viabilidad financiera y legal de rodar este año.
Actualizado el 17 de abril de 2026
El año 2026 se perfila como uno de los momentos más complejos para la movilidad individual en el país. Con un parque automotor que supera los 14 millones de unidades, la compra de moto en Colombia ha dejado de ser una simple transacción comercial para convertirse en una decisión estratégica que involucra variables financieras, legales y de seguridad personal.
Mientras la oferta comercial promete libertad y ahorro, la realidad tributaria y normativa cuenta una historia diferente. En este análisis editorial, diseccionamos el mercado para responder: ¿Es realmente factible adquirir una motocicleta en este escenario?
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Resumen Ejecutivo: El panorama 2026 en cifras
Para quienes buscan una respuesta rápida, hemos consolidado las variables clave que definen el mercado actual:
Variable Situación Actual (Enero 2026) Impacto en la Compra Impuestos (>200 c.c.) Impoconsumo sube al 19% (Decreto 1474) ❌ Muy Negativo Combustible Reducción de ~$300 COP (Galón ~$16.200) ✅ Positivo Financiación Tasa de Usura ~24.36% E.A. ✅ Positivo Asegurabilidad Restricciones en pólizas Todo Riesgo ❌ Negativo Normativa Técnica ABS Obligatorio (Plazo Octubre 2026) ⚠️ Transición
1. El “Golpe” Tributario: Impoconsumo del 19% para gama media
Esta es la novedad más agresiva del año y cambia radicalmente la decisión de compra. A partir de enero de 2026, bajo el nuevo marco fiscal, el Impuesto Nacional al Consumo para motocicletas de más de 200 c.c. pasó del 8% al 19%.
Esto significa que motos que antes eran la opción lógica para progresar (segmento 250cc – 500cc) ahora cargan con una tributación de “lujo”. Si su intención es comprar una moto de 300 c.c., prepárese para pagar un sobreprecio considerable únicamente en impuestos, sumado al IVA del 19%.
El dato clave: Las motos de hasta 200 c.c. siguen exentas de este impuesto. Esto convierte a las referencias de 150cc a 199cc en las “reinas” de la eficiencia financiera en 2026.
2. El factor económico: Gasolina y Crédito
No todo son malas noticias. El 2026 inicia rompiendo la tendencia inflacionaria en el combustible: el Gobierno Nacional confirmó una reducción aproximada de $300 pesos en el precio de la gasolina a partir de febrero, estabilizando el promedio en $16.200 en ciudades principales.
A esto se suma un alivio en el acceso al capital. La Superintendencia Financiera certificó para enero de 2026 una tasa de usura para crédito de consumo del 24,36% E.A., permitiendo planes de financiación más agresivos.
Sin embargo, el mantenimiento se ha encarecido. Mantener una moto tecnificada (Euro 3/4) en estado óptimo oscila entre $180.000 y $260.000 mensuales.
3. La barrera de la asegurabilidad y el riesgo patrimonial
Este es el punto crítico para no comprar ciertos modelos. Existe una dificultad creciente en el sector asegurador para emitir pólizas Todo Riesgo para las motocicletas de mayor rotación.
Investigaciones de mercado sugieren que referencias de alta demanda como la Bajaj Boxer CT100, Suzuki GN 125, Yamaha FZ-150 y la línea AKT NKD enfrentan restricciones de asegurabilidad o primas impagables debido a la siniestralidad. Adquirir una de estas motos hoy podría implicar asumir el riesgo total del patrimonio.
4. Seguridad técnica: ABS y la transición de Octubre 2026
El 2026 es el año definitivo para la seguridad activa. La normativa técnica sobre sistemas de frenado entra en una fase decisiva, con un endurecimiento en la comercialización proyectado hacia octubre de 2026:
- Motos < 150 c.c.: Deben incorporar frenos combinados (CBS) o ABS.
- Motos > 150 c.c.: Es obligatorio el sistema antibloqueo de frenos (ABS).
Nuestra recomendación editorial es clara: no sacrifique seguridad por precio. Comprar una moto sin ABS en 2026 es una desventaja técnica considerable y afectará su valor de reventa futuro.
5. Reforma laboral: La moto como herramienta formal
Para quienes usan la moto como herramienta de trabajo, el panorama mejora gracias a la entrada en vigencia de la Ley 2466 (Reforma laboral para plataformas digitales).
Las aplicaciones deben asumir ahora el 60% de los aportes a salud y pensión, y la totalidad de la ARL. Esto transforma la compra de la moto en una inversión para acceder a un mercado laboral con piso de protección social.
6. Movilidad eléctrica: ¿La opción racional?
El segmento de motos eléctricas madura como opción urbana. Sus ventajas fiscales son innegables: exención de Pico y Placa, exención total de Impoconsumo e impuestos reducidos (no superan el 1% del avalúo).
Conclusión: Guía para la toma de decisiones
¿Es factible comprar moto en 2026? La respuesta depende de qué cilindraje busca.
ES LA COMPRA INTELIGENTE SI:
- Busca < 200 c.c.: Aprovecha la exención del impoconsumo y la baja en gasolina.
- Prioriza la seguridad: Invierte en una moto con frenos ABS (preferiblemente doble canal).
- Es Domiciliario: Para aprovechar la formalización laboral de plataformas.
PIÉNSELO DOS VECES SI:
- Quiere subir de cilindraje (>200 c.c.): El nuevo impoconsumo del 19% encarece drásticamente la factura final. Evalúe si realmente necesita esa potencia extra para uso urbano.
- Busca modelos “calientes”: Si la moto no es asegurable, el riesgo de hurto hace inviable la inversión.
El consejo del editor: En 2026, la “zona dulce” del mercado está en las motos de 150 c.c. a 200 c.c. con ABS. Evitan el impuesto al lujo, tienen potencia suficiente y cumplen con la normativa de seguridad.
La información sobre tasas tributarias y normativas corresponde al análisis de mercado con corte a enero de 2026 (Decreto 1474). Verifique condiciones vigentes antes de comprar.
Angelo Aponte

Autor
Director creativo y de arte, cofundador y redactor SEO, además de analista en Mundo Motor. También con experiencia en el monitoreo de radio, televisión y prensa para Simbiu.es y Simbiu.cl.
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Restricción nocturna para motos en Colombia: dónde rige, en qué horario y qué multa tiene
Barranquilla y Bucaramanga tienen hoy restricción nocturna para motos. Horarios, zonas, excepciones, el valor de la multa y cómo confirmar si la medida aplica donde usted rueda.
En Colombia no existe una prohibición nacional que impida rodar en moto de noche. Lo que existe son medidas locales: decretos de alcaldía y resoluciones de las direcciones de tránsito que, en ciudades puntuales, cierran una franja horaria a las motocicletas. Dos ciudades grandes tienen hoy una restricción de ese tipo —Barranquilla y Bucaramanga— y la sanción por desconocerla no es menor: multa de 15 salarios mínimos diarios e inmovilización del vehículo.
Esta guía reúne qué rige en cada ciudad, cuánto cuesta el comparendo y cómo verificar usted mismo si la medida aplica donde vive, porque estas normas se expiden y se prorrogan con plazos cortos.
Por qué cada ciudad decide por su cuenta
La facultad está en el Código Nacional de Tránsito. La autoridad de tránsito local puede restringir la circulación por determinados sitios u horarios, y el incumplimiento queda tipificado como una infracción específica. El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 lo redacta así en su literal C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.
Esto explica por qué el panorama es tan desigual. Un motociclista de Bogotá puede rodar a las tres de la mañana sin problema, mientras uno de Barranquilla, a la misma hora, necesita ser el propietario de la moto o tener un permiso. No hay un criterio nacional: hay tantos regímenes como municipios que hayan expedido el acto administrativo.
Un caso aparte: Cali no tiene restricción horaria nocturna, pero sí la medida más amplia del país sobre el acompañante. El Decreto 4112.010.20.0255 de 2026, del 24 de febrero, prohíbe en toda la ciudad el tránsito de motos con parrillero hombre de 14 años o más, las 24 horas y los siete días, por un año, con excepciones para Fuerza Pública, organismos de socorro, seguridad privada identificada, instructores de escuelas de enseñanza y personas con discapacidad acreditada, según la Alcaldía de Cali. Ahí la sanción es multa general tipo 4 del Código de Policía: 16 salarios mínimos diarios, cerca de $933.800 en 2026.
Barranquilla: de 11:00 p. m. a 5:00 a. m.
La restricción nocturna de Barranquilla se expidió mediante el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025 y es la que cubre la franja horaria más extensa entre las ciudades principales. Según el detalle publicado por El País, estas son las condiciones:
- Horario: entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m.
- Quién puede circular: en esa franja solo el propietario de la motocicleta, y puede llevar acompañante únicamente si está previamente inscrito ante la autoridad.
- Cuadrante del Centro: prohibición de tránsito de motos entre las calles 30 y 45 y las carreras 38 y 46, con franjas habilitadas sin acompañante para actividades comerciales.
- Corredores de Transmetro: prohibición permanente para motos en vías como la calle 45 (avenida Murillo) y la carrera 46. Tampoco se permite llevar como parrillero a mujeres embarazadas ni a menores de 12 años.
- Permisos: se tramitan por el portal de la Alcaldía para desplazamientos laborales o académicos en horarios restringidos. Exigen documentación al día y paz y salvo en el SIMIT; a las empresas se les pide plan estratégico de seguridad vial.
La propia Alcaldía de Barranquilla informó que las medidas que regulan la circulación de motociclistas continúan vigentes hasta octubre de 2026. Es decir: el plazo se está cumpliendo justo ahora, y de ahí la importancia de verificar el estado antes de planear un turno nocturno.
Bucaramanga: de medianoche a 4:00 a. m. en todo el perímetro urbano
La Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió la Resolución 0152 del 13 de marzo de 2026, que restringe la circulación nocturna en toda el área urbana de la ciudad. Según el reporte de Semana:
- Horario: entre las 12:00 de la medianoche y las 4:00 de la madrugada.
- Vehículos cubiertos: motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos.
- Entrada en vigor: 20 de marzo de 2026, después de una semana de pedagogía entre el 13 y el 19 de marzo.
- Cobertura: todo el perímetro urbano de Bucaramanga.
Bucaramanga tiene además otra medida distinta y simultánea, que conviene no confundir. La Resolución 063 de 2026, oficializada el 26 de enero de 2026 en cumplimiento de una orden judicial, impone dos restricciones diurnas, según el detalle de Vanguardia:
Medida Dónde Cuándo Prohibición de circulación de motos Carrera 33, entre avenida Quebrada Seca y calle 55 (norte-sur) y entre calle 56 y avenida Quebrada Seca (sur-norte) Lunes a viernes, 6:00 a 9:00 a. m. y 5:00 a 8:00 p. m. Prohibición de parrillero Calle 36, entre carreras 15 y 19, en ambos sentidos Lunes a viernes, 6:00 a 8:00 a. m. y 6:00 a 8:00 p. m.
Cuánto cuesta la multa y por qué inmovilizan la moto
Circular en una franja restringida se sanciona con el código C.14: multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Con el salario mínimo de 2026 de $1.750.905, el valor ronda los $875.452. Es la misma cifra que El Tiempo publicó este año para las sanciones de 15 salarios mínimos diarios, como la de circular sin revisión técnico-mecánica.
El segundo efecto pesa más que el primero: el mismo literal C.14 ordena además la inmovilización del vehículo. No es discrecional del agente. Eso implica patio, grúa y los costos de ambos, que corren por cuenta del propietario y que en la práctica suelen superar el valor de la multa en pocos días.
Cómo verificar si la restricción aplica en su ciudad
Estas medidas cambian con frecuencia y se prorrogan por tramos. Antes de confiarse, haga esta verificación en orden:
- Busque el acto administrativo, no la noticia. En el portal de la alcaldía, sección de decretos o normativa, filtre por el año en curso. Si la medida existe, hay un decreto o resolución con número y fecha.
- Revise la vigencia expresa. Casi todos estos actos tienen fecha de terminación: anote la que diga el documento.
- Confirme el alcance geográfico. Varias ciudades no restringen toda el área urbana, sino cuadrantes o corredores concretos; un par de cuadras define si hay comparendo.
- Verifique si hay registro o permiso. Donde la medida permite circular al propietario o al parrillero inscrito, la inscripción es un trámite previo: no sirve explicarlo en el puesto de control.
- Chequee su situación en el SIMIT. Varios permisos exigen paz y salvo de comparendos.
Lo que aún no está claro
El plazo de las medidas de Barranquilla, informado por la Alcaldía como vigente hasta octubre de 2026, se cumple este mes. Falta por definirse si el Distrito expide una prórroga, ajusta los horarios o deja vencer la restricción. La confirmación llegará por decreto distrital publicado en el portal de la Alcaldía, y hasta que eso ocurra la franja de 11:00 p. m. a 5:00 a. m. debe darse por vigente.
En Bucaramanga, las resoluciones 063 y 0152 de 2026 no tienen una fecha de terminación difundida públicamente. Quien ruede allí debería revisar la página de la Dirección de Tránsito antes de asumir que una franja quedó liberada.
Preguntas frecuentes
¿Hay una restricción nacional para motos en la noche en Colombia?
No. No existe una norma nacional que prohíba circular en moto de noche. Las restricciones son locales y las expide cada alcaldía o dirección de tránsito mediante decreto o resolución.
¿Cuál es el horario de la restricción nocturna en Barranquilla?
De 11:00 p. m. a 5:00 a. m., según el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025. En esa franja solo puede circular el propietario de la moto, con acompañante únicamente si está previamente inscrito.
¿Cuánto cuesta la multa por circular en horario restringido?
Es la infracción C.14: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, unos $875.452 con el salario mínimo de 2026. El Código Nacional de Tránsito establece además que el vehículo será inmovilizado.
¿En Bogotá hay restricción de parrillero o nocturna?
No. La Secretaría Distrital de Movilidad ha desmentido mensajes virales que anuncian restricciones de parrillero en la ciudad. Lo que puede haber son medidas temporales por eventos puntuales.
Información verificada al 14 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.
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