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Conductores y Secretaría de Gobierno de Bogotá acuerdan reunión para el 25 de septiembre: gremios se mantienen en asamblea permanente
El 16 de septiembre en Bogotá, las manifestaciones por la movilidad resultaron en un acuerdo para un diálogo entre conductores y la Secretaría de Gobierno, programado para el 25 de septiembre.
Actualizado el 17 de abril de 2026
La jornada de manifestaciones por la movilidad en Bogotá ayer 16 de septiembre de 2025 dejó como resultado un primer canal de diálogo entre los gremios de conductores y la Secretaría de Gobierno Distrital. Tras varias horas de concentración y bloqueos parciales en diferentes puntos de la ciudad, las partes acordaron programar una reunión para el 25 de septiembre de 2025 en lugar por definir, en la que se evaluarán formalmente las peticiones presentadas por los manifestantes. Mientras tanto, las organizaciones participantes anunciaron que permanecerán en asamblea permanente, evaluando las decisiones del Distrito y preparando su posición para el encuentro.
Contexto de la manifestación por la movilidad
La movilización del 16 de septiembre convocó a diversos gremios y asociaciones de conductores, entre ellos transportadores de carga, taxistas, moteros independientes y representantes de plataformas digitales. Las razones que motivaron la protesta giraron en torno a tres ejes principales:
- Condiciones de movilidad en Bogotá: reclamaron demoras en obras viales, deficiencias en el mantenimiento de la malla vial y problemas en la gestión de tráfico.
- Costos operativos y medidas regulatorias: cuestionaron los incrementos en combustibles, los costos de las revisiones técnico-mecánicas y las sanciones de tránsito.
- Falta de diálogo con la Administración Distrital: señalaron que las decisiones sobre movilidad y transporte no han tenido en cuenta la voz de los sectores afectados.
Desarrollo de la protesta y respuesta del Distrito
La jornada inició en la mañana del lunes, cuando varios grupos de conductores se concentraron en puntos estratégicos de la ciudad. A medida que avanzó el día, las caravanas se desplazaron hacia sectores céntricos, generando congestiones en corredores clave.
La Secretaría de Gobierno de Bogotá, a través de voceros autorizados, se acercó a los manifestantes para entablar un diálogo que permitiera evitar un escalamiento del paro. Después de varias horas de conversaciones preliminares, ambas partes acordaron levantar temporalmente las concentraciones bajo el compromiso de reunirse el 25 de septiembre.
Las peticiones de los gremios de conductores
Durante la manifestación, las organizaciones gremiales entregaron un documento preliminar con las principales solicitudes. Entre ellas:
- Mejoras urgentes en la malla vial para garantizar la seguridad y reducir los costos de mantenimiento de los vehículos.
- Revisión de los esquemas de sanciones y fotocomparendos, argumentando que las multas automáticas han generado inconformidad y posibles errores administrativos.
- Políticas claras frente a plataformas digitales de transporte para equilibrar las condiciones entre taxistas tradicionales y conductores de aplicaciones.
- Apoyo financiero y alivios tributarios ante el alza de combustibles y costos operativos.
- Creación de mesas técnicas permanentes con representación de los gremios para discutir planes de movilidad a mediano y largo plazo.
Asamblea permanente y advertencias de nuevos paros
Los voceros de las asociaciones enfatizaron que permanecerán en asamblea permanente como muestra de unidad y seguimiento al compromiso adquirido por la Alcaldía. Señalaron que, de no lograrse avances significativos en la reunión del 25 de septiembre, podrían retomar las movilizaciones o endurecer las medidas de presión.
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Reacciones de los distintos sectores
Gremios de conductores
Varios representantes destacaron que el acuerdo para una reunión es un primer paso positivo, pero subrayaron que el desgaste previo por la falta de escucha debe traducirse en acciones concretas.
Secretaría de Gobierno de Bogotá
La entidad manifestó en un comunicado que el Distrito está dispuesto a escuchar y a trabajar en soluciones conjuntas, pero pidió responsabilidad para no afectar el orden público ni la movilidad de los ciudadanos.
Ciudadanía
Algunos bogotanos expresaron su apoyo a las demandas de los conductores, especialmente en lo relacionado con el mal estado de las vías. Otros, en cambio, criticaron los bloqueos por el impacto negativo en los tiempos de desplazamiento y en la actividad económica de la ciudad.
Impacto en la movilidad de Bogotá
El paro parcial del 16 de septiembre generó congestión en avenidas como la Caracas, la NQS y la Autopista Sur. También se registraron demoras en el transporte público y en el tránsito de carga hacia zonas industriales. Pese a las dificultades, no se reportaron incidentes graves ni enfrentamientos entre manifestantes y autoridades, lo que fue valorado como un ejemplo de protesta pacífica y organizada.
Próximos pasos hacia el 25 de septiembre
La reunión del próximo miércoles 25 de septiembre tendrá como objetivo revisar las solicitudes, priorizar acciones y establecer cronogramas de trabajo. Los gremios esperan compromisos claros.
Análisis de fondo: la tensión histórica entre gremios de transporte y el Distrito
La situación del 16 de septiembre no es aislada: responde a una relación históricamente compleja entre las administraciones de Bogotá y los actores del transporte. Las demandas por infraestructura, regulación de plataformas y medidas de control de tránsito han sido temas recurrentes en las últimas décadas. Esta protesta vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de mecanismos permanentes de diálogo.
Perspectiva de los gremios
Los líderes gremiales recalcan que las peticiones no buscan privilegios, sino condiciones mínimas para trabajar de manera segura y rentable. Destacan que el mal estado de las vías no solo aumenta sus costos, sino que también genera riesgos para todos los usuarios de la ciudad.
Perspectiva institucional
La administración distrital enfrenta el reto de equilibrar la atención a las demandas de los gremios con la necesidad de mantener el orden público y avanzar en los proyectos de infraestructura. La reunión del 25 de septiembre será una prueba de su capacidad para gestionar el diálogo social en un contexto de alta sensibilidad.
La manifestación del 16 de septiembre y el acuerdo para reunirse el 25 de septiembre representan una oportunidad para fortalecer los canales de participación ciudadana y gremial en la gestión de la movilidad en Bogotá. Sin embargo, el éxito de este proceso dependerá de la voluntad política, la capacidad técnica para atender las peticiones y el compromiso de los gremios para mantener el diálogo abierto.
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Casco certificado en Colombia: cómo saber si el suyo es legal
Qué norma debe cumplir un casco de moto en Colombia, qué dice la etiqueta, por qué el sello DOT no basta y cuánto cuesta la multa por no usarlo en 2026.
Un casco certificado en Colombia es el que cumple el reglamento técnico expedido por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 1080 de 2019. En la práctica eso significa que el casco debe estar fabricado y ensayado bajo la norma NTC 4533 del Icontec o bajo el Reglamento 22 de Naciones Unidas, y que debe llevar una etiqueta con datos verificables. Si el casco que usted usa no trae esa etiqueta, no cumple.
Esta guía explica qué norma aplica, cómo leer la etiqueta antes de pagar, por qué el sello DOT por sí solo no resuelve el requisito en Colombia y cuánto cuesta el comparendo por no usar casco.
Qué norma debe cumplir un casco en Colombia
El marco vigente se apoya en dos resoluciones del Ministerio de Transporte que cumplen funciones distintas.
La Resolución 1080 del 19 de marzo de 2019 expide el reglamento técnico de cascos protectores para motocicletas, cuatrimotos, motocarros y mototriciclos. Regula el producto: qué debe cumplir un casco para poder importarse, fabricarse y venderse en el país.
La Resolución 23385 del 20 de noviembre de 2020 regula el uso. Fija las condiciones mínimas con las que conductor y acompañante deben llevar puesto el casco, y rige desde el 23 de enero de 2021.
Sobre la norma técnica hubo una actualización importante. El reglamento original exigía el Reglamento 22 de Naciones Unidas en su serie de enmiendas 05. La Resolución 20233040005155 de 2023 modificó ese punto y permitió también la serie 06 y las versiones posteriores. Así quedaron los estándares admitidos:
| Estándar | Qué es | Situación en Colombia |
|---|---|---|
| NTC 4533 | Norma técnica colombiana del Icontec, en su versión de 2017 | Admitida |
| UN R22.05 | Reglamento 22 de Naciones Unidas, serie de enmiendas 05 | Admitida |
| UN R22.06 | Reglamento 22 de Naciones Unidas, serie de enmiendas 06 | Admitida desde 2023 |
La NTC 4533 en su versión 2017 se construyó tomando como base el Reglamento 22.05 de Naciones Unidas. Por eso los ensayos que exige son equivalentes: absorción de energía, resistencia de la coraza, rigidez estructural y comportamiento del sistema de retención.
Cómo leer la etiqueta antes de comprar
La etiqueta es la herramienta de verificación del comprador. El reglamento exige que cada casco traiga una con información específica. Revísela físicamente en el almacén, no en la foto del aviso.
- Nombre del producto: debe identificarlo como casco para uso en motocicletas y vehículos afines.
- Talla.
- País de origen.
- Norma que cumple: aquí debe aparecer la NTC 4533 o el Reglamento 22 de Naciones Unidas.
- Datos del fabricante o del importador.
- Número de lote y fecha de producción.
Hay un detalle adicional que introdujo la actualización de 2023: si el casco no ofrece protección para el mentón, la etiqueta debe advertirlo. Es lo que ocurre con los modelos abiertos tipo jet, que son legales pero cubren menos.

Por qué el sello DOT por sí solo no basta
Este es el punto donde más se equivoca el comprador colombiano. En el mercado circulan cascos que traen únicamente el sello DOT FMVSS 218, el estándar de Estados Unidos, y muchos vendedores los presentan como certificados.
El reglamento técnico colombiano no incluye el DOT entre los estándares admitidos. La Resolución 1080 de 2019 y su modificación de 2023 se refieren a la NTC 4533 y al Reglamento 22 de Naciones Unidas. Un casco que solo acredite DOT no está cubriendo lo que exige la norma nacional.
Esto no significa que un casco DOT sea inseguro. Significa que, para efectos del requisito colombiano, el sello que debe buscar en la etiqueta es NTC 4533 o R22. Algunos cascos importados traen doble homologación y en ese caso sí sirven, porque acreditan el estándar admitido además del estadounidense.
Cómo se debe usar el casco según la norma
Tener el casco correcto no es suficiente si se lleva mal puesto. La Resolución 23385 de 2020 fija condiciones mínimas de uso, y son las que revisa el agente de tránsito en la vía.
- Abrochado. La hebilla del barbuquejo debe estar cerrada y ajustada. Un casco suelto sale de la cabeza en el primer impacto.
- Bien puesto. Debe cubrir la cabeza en la posición para la que fue diseñado, sin quedar corrido hacia atrás.
- Conductor y acompañante. La exigencia aplica a los dos ocupantes de la moto.
El ajuste correcto se comprueba con una prueba simple en el almacén: con el casco puesto y abrochado, mueva la cabeza de lado a lado y hacia abajo. La piel de la frente debe moverse con el casco. Si el casco gira y la cabeza no, la talla es grande.
Cuánto cuesta no usar casco en 2026
No llevar casco, o llevarlo de forma indebida, es una infracción tipo C del Código Nacional de Tránsito, la Ley 769 de 2002.
En 2026 cambió la forma de liquidar los comparendos. Las multas dejaron de calcularse sobre el salario mínimo diario y pasaron a la Unidad de Valor Básico (UVB), fijada en $12.110 por el Ministerio de Hacienda a finales de 2025. Una infracción tipo C equivale a 52,29 UVB, es decir $633.200.
A ese valor se suma la inmovilización del vehículo, que arrastra costos de grúa y de patios. Puede consultar el detalle en nuestra tabla de multas de tránsito para motos en 2026, con los valores por cada código de infracción.
El pago temprano tiene descuento: 50 % dentro de los cinco días hábiles siguientes y 25 % entre el día seis y el veinte, en ambos casos con el curso pedagógico obligatorio.
Cómo elegir la talla y el tipo correcto
La talla se determina midiendo el perímetro de la cabeza con una cinta métrica, por encima de las cejas y alrededor de la parte más ancha del cráneo. Ese número en centímetros se compara con la tabla del fabricante, que varía entre marcas. No asuma que su talla es la misma en todas.
Sobre el tipo, la decisión depende del uso:
- Integral: cubre el mentón. Es la opción con mayor cobertura para vía urbana y carretera.
- Modular o abatible: permite levantar la mentonera. Práctico para uso mixto y para quien usa gafas.
- Abierto o jet: legal si cumple la norma, pero sin protección de mentón. La etiqueta debe advertirlo.
Un criterio adicional que suele pasarse por alto: el visor. Debe estar libre de rayones profundos, porque de noche dispersan la luz de los vehículos que vienen de frente y reducen la visibilidad de forma notoria.
Cuándo reemplazar el casco
Hay un caso que no admite discusión: después de un golpe fuerte, el casco se cambia, aunque por fuera se vea intacto. El poliestireno interior absorbe el impacto deformándose y no recupera su capacidad.
Para el desgaste normal, use como referencia la fecha de producción que el reglamento obliga a imprimir en la etiqueta. Los materiales del interior se degradan con el sudor, el sol y el uso diario, y cada fabricante indica el periodo de vida útil que recomienda para su producto. Revise también el estado del barbuquejo y de las almohadillas: si el acolchado está aplastado, el casco ya no ajusta como cuando lo compró.
Lo que aún no está claro
El reglamento resolvió qué debe cumplir un casco, pero quedan zonas grises que afectan al comprador.
La principal es la verificación en el punto de venta. Existe un mercado informal amplio, sobre todo en ventas ambulantes y plataformas en línea, donde circulan cascos con etiquetas que imitan las de un producto certificado. No hay una herramienta pública de consulta rápida que le permita al motociclista validar en el momento si un lote o un certificado son auténticos.
La segunda es la transición hacia el R22.06. El reglamento admite ese estándar desde 2023, pero la norma no obliga a cambiar los cascos que ya están en uso bajo la serie 05. Eso deja conviviendo en la calle cascos con exigencias de ensayo distintas, sin una fecha definida para unificar el criterio.
La tercera es el uso de cámaras y accesorios adheridos al casco, un tema que ha generado interpretaciones diferentes entre autoridades locales y que todavía no tiene una regla nacional uniforme.
Preguntas frecuentes
¿Un casco comprado en el exterior sirve en Colombia?
Sirve si acredita alguno de los estándares admitidos: NTC 4533 o el Reglamento 22 de Naciones Unidas en sus series 05 o 06. Revise la etiqueta interior antes de viajar con él.
¿El acompañante también debe usar casco certificado?
Sí. La exigencia cubre al conductor y al acompañante, y las condiciones de uso son las mismas para los dos.
¿Sirve un casco de bicicleta o de ciclomotor?
No. El reglamento técnico se refiere a cascos para motocicletas, cuatrimotos, motocarros, mototriciclos y similares. Un casco de bicicleta no se ensaya bajo esos requisitos.
¿Puedo usar el casco si perdió la etiqueta?
La etiqueta es el medio de prueba de que el producto cumple el reglamento. Sin ella no hay forma de acreditar la norma ante una autoridad de tránsito. Conserve también la factura de compra.
Si está armando su equipo desde cero, revise igualmente qué exige la norma en materia de llantas y, si va a comprar de segunda, nuestra guía sobre qué revisar en una moto usada antes de pagar.
Información normativa verificada el 4 de septiembre de 2026 con las resoluciones del Ministerio de Transporte citadas. La regulación puede cambiar; consulte siempre la norma vigente.
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