Connect with us

Moto Tips

5,8 millones de fotomultas serán anuladas en Colombia: SuperTransporte investiga a 37 organismos de tránsito y deberán devolver más de $1 billón

La Superintendencia de Transporte investiga 37 organismos por irregularidades en fotomultas, con posible revocación de 5,8 millones de comparendos y sanciones de hasta $2,1 billones.

Publicado

on

Fotomultas

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

El sistema de fotodetección en Colombia entró en su crisis institucional más grande desde su masificación. La Superintendencia de Transporte y el Ministerio de Transporte abrieron este 19 de mayo de 2026 una investigación administrativa contra 37 organismos de tránsito del país por presuntas irregularidades en la operación de los sistemas automáticos de detección de infracciones de tránsito (SAST), las cámaras conocidas popularmente como fotomultas.

El resultado, en cifras: 7,5 millones de comparendos quedaron bajo la lupa, 5.832.906 deberán ser revocados de oficio porque aún no han sido pagados, y 1.582.398 multas ya canceladas —que representan un recaudo superior a $1,05 billones— podrían ser objeto de devolución. Si las autoridades investigadas son halladas responsables, las sanciones podrían escalar hasta los $2,1 billones, según lo previsto en la Ley 2251 de 2022.

Para el sector motociclista, el universo de afectación es masivo: las motocicletas son uno de los vehículos con mayor exposición a controles por fotodetección en zonas urbanas, y las cuatro ciudades con más comparendos detectados —Cali, Medellín, Bogotá y Barranquilla— concentran simultáneamente el mayor parque motorizado de dos ruedas del país.

El hallazgo: tres modalidades de incumplimiento

La investigación de la SuperTransporte detectó incumplimientos respecto a requisitos técnicos obligatorios establecidos en la Ley 2251 de 2022 —conocida como Ley Julián Esteban, marco general de seguridad vial— y en la Resolución 718 del Ministerio de Transporte, que reglamenta los criterios técnicos para la instalación y operación de los SAST.

El nudo del problema es la ausencia del concepto de desempeño expedido por el Instituto Nacional de Metrología (INM), requisito indispensable para garantizar la confiabilidad metrológica y la legalidad de las cámaras que miden velocidad e imponen sanciones.

Tres patrones de incumplimiento fueron identificados:

  • 12 organismos de tránsito iniciaron operación sin contar con concepto de desempeño. Es decir, comenzaron a imponer comparendos con cámaras que nunca habían sido validadas técnicamente.
  • 7 organismos operaron con conceptos expedidos a terceros. Usaron certificaciones que no estaban a su nombre, lo que jurídicamente equivale a operar sin certificación propia.
  • 18 organismos obtuvieron los conceptos técnicos después de haber iniciado la operación de los sistemas. Es decir, regularizaron a posteriori una operación que ya venía imponiendo sanciones.

Las tres modalidades, según la Superintendencia, vician la legalidad de los comparendos generados durante los periodos de incumplimiento.

Qué es el concepto de desempeño y por qué tumba las multas

El concepto de desempeño no es un trámite cosmético. Para imponer un comparendo por exceso de velocidad mediante fotodetección, la cámara debe acreditar que mide con precisión metrológica, bajo patrones de referencia nacionales. Sin ese aval, la prueba —que es la base del comparendo— pierde fundamento técnico.

Advertisement

Este requisito está consagrado en el artículo 8 de la Resolución 718 de 2018, que establece que los instrumentos de medición de velocidad deben contar con el Concepto de Desempeño de la Tecnología, en su componente metrológica, emitido por el INM. La función del concepto es garantizar que la cámara no tiene desviaciones que afecten al ciudadano sancionado y que está calibrada conforme a los patrones nacionales de medición.

En la práctica jurídica, los abogados de tránsito vienen utilizando desde hace años derechos de petición para solicitar la revocatoria de comparendos cuando el organismo de tránsito no puede acreditar el concepto de desempeño del SAST que detectó la infracción. La diferencia ahora es que la propia Superintendencia abrió la investigación de oficio y, con ella, el camino para la revocatoria masiva.

El mapa: Cali concentra el 36% de los comparendos investigados

Cámaras de fotomultas inhabilitadas en Colombia

La Superintendencia identificó que los 37 organismos investigados impusieron en conjunto más de 7,5 millones de comparendos mediante sistemas tecnológicos. Las cuatro ciudades con mayores cifras dentro de la investigación son:

  • Cali: 2,7 millones de comparendos.
  • Medellín: más de 717.000 comparendos.
  • Bogotá: cerca de 294.000 comparendos.
  • Barranquilla: más de 131.000 comparendos.

La concentración es contundente: solo Cali aporta más comparendos investigados que las otras tres ciudades sumadas. La lista de municipios investigados se extiende además a Villavicencio, Cartagena, Bucaramanga, Valledupar, Montería, Sincelejo, Soledad, Sabaneta y Villa del Rosario, entre otros, lo que confirma que la problemática no es exclusiva de las grandes capitales sino que cubre también municipios intermedios donde la infraestructura técnica y administrativa para operar SAST suele ser más limitada.

El golpe financiero: $2,1 billones en juego

El desglose económico expuesto por el Gobierno Nacional revela la magnitud de la crisis:

  • 1.582.398 fotomultas ya pagadas generaron recaudos superiores a $1,05 billones. Estos recursos podrían tener que ser devueltos a los ciudadanos.
  • Sanciones administrativas equivalentes al doble de lo recaudado, conforme a la Ley 2251 de 2022, llevarían el monto total expuesto a más de $2,1 billones.
  • 5.832.906 comparendos no pagados quedarán sin validez y deberán ser revocados de oficio.
  • Más de 1,4 millones de ciudadanos podrían beneficiarse de la revocatoria automática.

La cifra de $2,1 billones representa un golpe sin precedentes contra el modelo de recaudo por fotodetección que se consolidó en Colombia durante la última década, y plantea preguntas estructurales sobre la sostenibilidad financiera de varios organismos de tránsito municipales que dependen significativamente de este flujo.

La postura del Gobierno: “Las fotomultas no pueden convertirse en un mecanismo de recaudo”

La ministra de Transporte, Mafe Rojas, calificó la actuación como un precedente histórico en defensa del debido proceso ciudadano. La funcionaria sostuvo que las fotomultas no pueden convertirse en un mecanismo de recaudo” cuando no se cumplen los requisitos técnicos y legales, y subrayó que los ciudadanos no pueden cargar con las consecuencias de la falta de rigor administrativo de las autoridades locales.

Por su parte, el superintendente de Transporte, Alfredo Piñeros, deslindó la actuación de la SuperTransporte de cualquier interpretación que la lea como un retroceso en seguridad vial. El funcionario aclaró que la entidad no está actuando contra la seguridad vial sino contra las irregularidades que afectan la legalidad y la confianza ciudadana, y enfatizó que ninguna cámara puede operar sin cumplir los requisitos técnicos y jurídicos exigidos por la ley.

El antecedente: una crisis que venía escalando desde 2020

La investigación masiva anunciada este 19 de mayo no es el primer episodio de cuestionamientos a los SAST en Colombia. Desde 2020 la Superintendencia de Transporte ha venido formulando pliegos de cargos contra organismos de tránsito individuales. Las primeras investigaciones, en plena pandemia, alcanzaron a las secretarías de Movilidad de Medellín, Envigado, Cali, Bello, Sabaneta y Arjona. En 2021 se sumaron Bogotá, Cartago y la Oficina de Tránsito de Magdalena. Para 2023 y 2024 el círculo se amplió a municipios del Magdalena como Fundación, Zona Bananera y Aracataca.

La diferencia de la actuación actual es de escala y de enfoque: por primera vez se anuncia simultáneamente la investigación contra 37 organismos y, sobre todo, se establece de oficio la revocatoria masiva de comparendos no pagados, en lugar de dejar la carga sobre el ciudadano que debe interponer derecho de petición individual.

Advertisement

Marco normativo: qué dice la ley

La operación de cámaras de fotodetección en Colombia tiene un esquema regulatorio robusto pero exigente:

  • Ley 1843 de 2017: norma matriz que regula la instalación y puesta en marcha de los SAST.
  • Resolución 718 de 2018 del Ministerio de Transporte: reglamenta los criterios técnicos —entre ellos, el concepto de desempeño del INM— para la operación de los sistemas.
  • Decreto 2106 de 2019, artículo 109: asigna a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) la responsabilidad de autorizar la instalación de los SAST.
  • Ley 2251 de 2022 (Ley Julián Esteban): consolida la política nacional de seguridad vial con enfoque de sistema seguro y prevé las sanciones aplicables a las autoridades que incumplan los criterios técnicos.

La cadena es clara: ningún SAST puede operar sin autorización de la ANSV, sin concepto técnico favorable, y sin concepto de desempeño del INM en lo que respecta a la medición de velocidad. Cualquier eslabón faltante invalida el comparendo.

Qué deben hacer los conductores que ya pagaron

Para los más de 1,5 millones de ciudadanos que ya pagaron fotomultas dentro del universo investigado, el camino habitual ha sido el derecho de petición ante la autoridad de tránsito que impuso el comparendo, solicitando la acreditación del concepto de desempeño y, en caso de ausencia, la revocatoria y devolución de lo pagado.

La decisión de la SuperTransporte abre la puerta a que esa devolución ocurra por la vía administrativa colectiva. Sin embargo, hasta el cierre de este artículo el Gobierno Nacional no ha publicado un protocolo único de reclamación, plazos, ni un listado definitivo de los 37 organismos implicados.

Lo que viene

El Gobierno Nacional reiteró que continuará adelantando las actuaciones administrativas necesarias para garantizar que los organismos de tránsito y los sistemas de fotodetección operen con estricto cumplimiento de la ley y total transparencia frente a los ciudadanos.

En la práctica, los próximos pasos previsibles son:

  1. Publicación del listado completo de los 37 organismos investigados y de los comparendos específicos a revocar.
  2. Notificación a las autoridades locales para que adelanten la revocatoria de oficio de los 5,8 millones de comparendos no pagados.
  3. Apertura del procedimiento sancionatorio que podría desembocar en multas de hasta el doble de lo recaudado y en la suspensión de las cámaras hasta que regularicen el concepto de desempeño.
  4. Diseño de la ruta de devolución para quienes ya pagaron, en función de cada autoridad de tránsito.

La crisis administrativa es también una prueba de fuego para el sistema. La SuperTransporte tendrá que demostrar capacidad de ejecución frente a 37 entidades simultáneamente, mientras el sector motociclista —el más expuesto a fotomultas en Colombia— exige claridad sobre cuáles cámaras seguirán operando, cuáles serán suspendidas y bajo qué condiciones se reanudará la operación.


Discover more from Mundo Motor

Subscribe to get the latest posts sent to your email.

Comunicador social y periodista egresado de la Universidad Central, con diplomado en Marketing Digital, Aprendizaje de IA Generativa y Comunicación en la Salud de la Universidad del Rosario. Actualmente, con experiencia en medios de comunicación, donde aplica sus conocimientos y habilidades en SEO, redacción de contenido, creación de estrategias de marketing digital y comunicación. Su trabajo se enfoca en el posicionamiento On page y Off page por medio de estrategias de calidad que buscan informar, educar y entretener a los lectores.

Moto Tips

Elecciones 2026: qué proponen Cepeda y De la Espriella en movilidad para los motociclistas

Segunda vuelta del 21 de junio: comparamos qué proponen Iván Cepeda y Abelardo de la Espriella en gasolina, SOAT y movilidad para los motociclistas.

Publicado

on

Elecciones 2026: qué proponen Cepeda y De la Espriella en movilidad para los motociclistas

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

El próximo domingo 21 de junio, los colombianos elegirán presidente para el periodo 2026-2030 en una segunda vuelta entre Iván Cepeda, del Pacto Histórico, y Abelardo de la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, los dos candidatos más votados en la primera vuelta del 31 de mayo (43,6 % y 41,2 %, respectivamente, según el reporte de la Registraduría). Para millones de hogares, la decisión tiene un componente muy concreto: lo que pase con la gasolina, el SOAT y la movilidad afecta directamente su economía diaria.

En Mundo Motor revisamos los programas de gobierno y las declaraciones públicas de ambos candidatos en los temas que tocan al sector. Este artículo no respalda a ningún aspirante: solo expone, con fuentes, lo que cada uno ha planteado.

Por qué esta elección le importa al motociclista

La moto dejó de ser un vehículo secundario en Colombia. Según el más reciente informe de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI y Fenalco, más de 6,16 millones de hogares —cerca del 32 % del país— tienen al menos una motocicleta, y se estima que más de 13 millones de personas dependen de ella para movilizarse o trabajar. Dos rubros marcan ese bolsillo: el precio del combustible y los costos legales como el SOAT y los impuestos. Es ahí donde las visiones de los candidatos se diferencian.

A continuación, los presentamos en orden alfabético y tema por tema.

El precio de la gasolina

Es, quizá, el punto donde las propuestas se separan con más claridad. Vale la pena recordar por qué pesa tanto en la economía del motociclista: lo explicamos en por qué sube el precio de la gasolina en Colombia.

Iván Cepeda. Su programa prioriza una transición energética acelerada, con mayor impulso a las energías renovables y una reducción progresiva de la dependencia de los combustibles fósiles, según recogen El Colombiano y Minuto60. Cepeda es, además, partidario de restringir nuevas exploraciones petroleras y de prohibir el fracking, de acuerdo con La Silla Vacía. Su programa no plantea como bandera una rebaja del precio de la gasolina, sino una reorientación de la matriz energética del país.

Abelardo de la Espriella. Ha ubicado el precio de la gasolina entre los ejes de su campaña. De acuerdo con Surtidores LATAM, sostiene que más del 50 % del costo del galón corresponde a impuestos y propone eliminar parte de esas cargas para abaratarlo; también plantea declarar una emergencia energética en sus primeros días de gobierno y ampliar la producción nacional mediante hidrocarburos y fracking. El Colombiano resume su postura como la eliminación de gravámenes que considera “repelentes”, entre ellos los de la gasolina y el 4×1.000.

Advertisement

SOAT y mototaxismo

Iván Cepeda. No ha presentado una propuesta dirigida específicamente al SOAT de las motos ni al mototaxismo. Su programa aborda a los trabajadores informales —categoría en la que se ubican muchos motociclistas y domiciliarios— desde la formalización laboral, la ampliación de derechos y el acceso a crédito subsidiado para la economía popular, con la meta de desplazar el préstamo “gota a gota”, según La Silla Vacía y el análisis de su plan publicado por CAMBIO.

Abelardo de la Espriella. Ha hecho del tema una bandera explícita. Según un comunicado de su campaña reseñado por El Heraldo, propone reducir la carga económica del SOAT para los motociclistas; plantea no perseguir el mototaxismo sino organizarlo y regularlo, y menciona medidas como censar a los mototaxistas, garantizar seguros, crear vías exclusivas para motocicletas y establecer un pago de rodamiento para el mantenimiento vial. El debate sobre cómo regular el transporte en moto no es nuevo en la región; lo abordamos en las lecciones de la ley de mototaxis de Brasil para Colombia.

La economía del hogar motociclista

Iván Cepeda. Su plan económico, que llama “economía para la vida”, apuesta por un Estado con mayor intervención, el fortalecimiento del mercado interno y la economía popular. Incluye un salario mínimo vital, la creación de un Banco del Pueblo y crédito a tasas subsidiadas para vendedores informales, pequeños agricultores y recicladores, según El Espectador y La Silla Vacía. La financiación, dice su programa, vendría de una “austeridad republicana” y del control a la evasión, de acuerdo con Infobae.

Abelardo de la Espriella. Propone reducir la carga tributaria de los hogares y las empresas, eliminar impuestos como el 4×1.000 y reducir el tamaño del Estado, según El Colombiano e Infobae. Su apuesta es que un entorno de menos impuestos y mayor inversión privada dinamice el ingreso de las familias.

Cómo ven la movilidad y la infraestructura

Iván Cepeda. Su programa orienta el transporte hacia la sostenibilidad y la intermodalidad: un Plan Nacional de vías terciarias (“vías para la paz”) de unos 30.000 km, la reactivación del ferrocarril y el transporte fluvial, transporte rural, electrificación y un metro para Cali, según Valora Analitik y El País.

Abelardo de la Espriella. Favorece las alianzas público-privadas y las concesiones para infraestructura, el avance de las vías 5G y el gas como recurso estratégico de transición, de acuerdo con El País y el análisis de Anif reseñado por Infobae.

En resumen: lo que está en juego para el sector

TemaIván CepedaAbelardo de la Espriella
GasolinaTransición energética; restringir fracking y exploraciónBajar el precio quitando impuestos; ampliar producción
SOAT / mototaxismoSin propuesta específica; enfoque en formalizar informalesSOAT más barato; regular el mototaxismo
Economía del hogarSalario vital, Banco del Pueblo, crédito popularEliminar 4×1.000, menos impuestos
InfraestructuraVías terciarias, ferrocarril, fluvial, metro de CaliAPP y concesiones, vías 5G, gas

La diferencia de fondo es clara y verificable: De la Espriella ha dirigido propuestas concretas al sector moto —especialmente SOAT, mototaxismo y precio del combustible—, mientras que Cepeda no ha formulado un plan específico para los motociclistas, pero su programa contiene medidas de combustibles, economía popular y movilidad que también los afectarían. Cuál de las dos visiones conviene más a cada motociclista es una decisión que corresponde al votante.

Advertisement

Antes de votar

La recomendación, como siempre, es ir a las fuentes: ambos programas de gobierno son públicos y están disponibles en los sitios oficiales de cada campaña y en la Registraduría Nacional, donde se radican al inscribir la candidatura. La segunda vuelta es el domingo 21 de junio de 2026; gana quien obtenga la mayor cantidad de votos, sin importar el porcentaje.

Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y no constituye respaldo a ningún candidato. Las propuestas citadas se basan en los programas de gobierno y declaraciones públicas verificadas a junio de 2026 (El Heraldo, Surtidores LATAM, El Colombiano, Infobae, La Silla Vacía, El Espectador, CAMBIO, Valora Analitik y El País) y pueden ajustarse durante la campaña. Verifique siempre la información en las fuentes oficiales de cada candidatura.


Discover more from Mundo Motor

Subscribe to get the latest posts sent to your email.

Continue Reading

Moto Tips

Regalos y accesorios para el papá motero: la guía del Día del Padre 2026

Ideas de regalos y accesorios para el papá motero en el Día del Padre 2026. Guía por presupuesto y tipo de motociclista para acertar sin fallar.

Publicado

on

Regalos y accesorios para el papá motero

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

Si tu papá vive sobre dos ruedas, ya sabes que regalarle “cualquier cosa de moto” puede salir mal: un casco de la talla equivocada, unos guantes que no le sirven o un accesorio que ni siquiera encaja en su modelo. Esta guía está pensada para que aciertes con un regalo útil, seguro y que de verdad use, sin gastar de más ni quedarte corto.

Primero, una precisión que conviene tener clara este año.

¿Cuándo es el Día del Padre 2026? Ojo con la fecha

Tradicionalmente, en Colombia el Día del Padre se celebra el tercer domingo de junio, que en 2026 cae el domingo 21 de junio. Sin embargo, hay un cambio importante: Fenalco confirmó que la celebración comercial se adelanta al domingo 14 de junio, una semana antes, porque el 21 coincide con la segunda vuelta presidencial y con el desarrollo del Mundial de Fútbol 2026. El comercio concentrará sus promociones alrededor del 14 y del puente festivo del 15.

¿Qué significa esto para ti? Que conviene comprar con anticipación: las mejores ofertas y la mayor disponibilidad estarán antes del 14 de junio. No lo dejes para última hora.

La regla de oro: acierta con lo que de verdad necesita

Antes de elegir, ten en cuenta tres cosas que separan un buen regalo de uno que termina guardado:

  1. Seguridad por encima de estética. Un elemento de protección bien elegido siempre supera a un accesorio decorativo.
  2. Conoce su moto y su uso. No es lo mismo el papá que usa la moto para trabajar en ciudad que el rutero de fin de semana. El regalo ideal depende de para qué la usa.
  3. Las tallas y la compatibilidad importan. Cascos, guantes y chaquetas dependen de la medida correcta; los soportes y baúles, del modelo de moto. Si no estás seguro, ve por algo que no dependa de la talla o pregunta con discreción.

Con eso en mente, vamos a las ideas.

Regalos por presupuesto

Los valores son referenciales y varían según marca, material y punto de venta. Tómalos como orientación para ubicar tu rango, no como precio fijo.

Detalle con cariño (presupuesto ajustado)

Ideal si buscas un gesto bonito y útil sin gastar mucho:

Advertisement
  • Kit de limpieza y mantenimiento (limpiadores, paños de microfibra, lubricante de cadena). Práctico y siempre se agota. Combínalo con nuestra guía de mantenimiento básico para hacerlo en casa.
  • Soporte de celular para el manillar, idealmente con resistencia al agua.
  • Guantes urbanos básicos o un buff/cuello multifuncional para el frío de la mañana.
  • Candado o guaya de seguridad antirrobo.

El punto medio (el regalo seguro)

El rango donde está la mayoría de los aciertos:

  • Casco homologado de gama media. El regalo estrella, pero solo si conoces su talla y preferencia (integral, abatible o abierto). Antes de comprar, repasa qué tipo de casco le conviene y, sobre todo, cómo funcionan las homologaciones ECE 22.06 y DOT: un casco sin homologación no es un regalo, es un riesgo.
  • Guantes con protecciones certificados para moto.
  • Impermeable o traje de lluvia de buena calidad, clave para la temporada.
  • Maleta, baúl o top case. Útil para quien usa la moto a diario; verifica que sea compatible con su modelo.

Para consentir de verdad (premium)

Si quieres un regalo que recuerde todo el año:

  • Intercomunicador Bluetooth. El mejor amigo del papá viajero: navegación, llamadas y música sin soltar el manillar. Mira nuestro análisis del Sena Bikom 20, premiado en 2026.
  • Casco premium de marca reconocida, con buena ventilación y visor antiempañante.
  • Chaqueta con protecciones homologadas (hombros, codos y espalda).
  • Cámara de acción para grabar las rutas, o un GPS/soporte de navegación dedicado.

Regalos según el tipo de papá motero

Acertar es más fácil si piensas en cómo usa la moto:

El que trabaja en la moto (ciudad y domicilios). Prioriza practicidad y seguridad: casco homologado cómodo, impermeable, guantes resistentes y una maleta o baúl que le ayude a cargar. Aquí lo funcional gana.

El viajero de carretera. Su mundo son los kilómetros largos: un intercomunicador, un baúl espacioso, soporte para GPS y, si le faltan, protecciones de calidad. Acompáñalo con nuestros consejos de mantenimiento después de un viaje largo.

El de fin de semana y aventura. Disfruta rodar por gusto: una cámara de acción, guantes y gafas para trocha, o accesorios que mejoren la experiencia. Inspírate en los mejores gadgets para motociclistas.

El que apenas empieza. Si tu papá es nuevo en esto, el mejor regalo es un kit de protección bien elegido. Revisa primero los pasos clave para principiantes: protección, licencia y compra.

Lo que mejor NO regalar (errores comunes)

  • Un casco sin saber la talla ni la homologación. Uno que no ajusta o no está certificado es peligroso. Si dudas, regala un bono para que él lo elija y se lo pruebe.
  • Accesorios que no son compatibles con su moto. Baúles, soportes y parrillas dependen del modelo. Confirma antes de comprar.
  • “Mejoras” estéticas que comprometen la seguridad (luces no homologadas, exostos ilegales). Además de riesgosas, pueden acarrear comparendos.
  • Cascos “vencidos” o de segunda. Los cascos tienen vida útil; un casco viejo pierde capacidad de protección. Te lo explicamos en ¿caducan los cascos de moto?.

El mejor regalo para un papá motero no es el más caro, sino el que se ajusta a su moto, su uso y su seguridad. Define primero cómo usa la moto, fija tu presupuesto y prioriza siempre lo que lo proteja sobre lo que solo se ve bonito. Y recuerda la fecha: aunque el Día del Padre tradicional es el 21 de junio, este año el comercio mueve la celebración al 14, así que compra con tiempo para encontrar mejores precios y disponibilidad.

¿Tu papá todavía sueña con su próxima moto? Mándale nuestra herramienta gratuita ¿Cuál es tu moto ideal? y ayúdalo a encontrar el modelo que se ajusta a su perfil.

Los rangos de precio mencionados son referenciales y pueden variar según marca, material, promoción y punto de venta. Verifica disponibilidad, talla y compatibilidad antes de comprar.

Advertisement

Discover more from Mundo Motor

Subscribe to get the latest posts sent to your email.

Continue Reading

Moto Tips

Motos eléctricas en ciclovías de Bogotá: el debate que se reabrió en 2026

El debate sobre las motos eléctricas en ciclorrutas de Bogotá se revitaliza tras observaciones del concejal Quintero. Se cuestionan definiciones y clasificaciones, lo que impacta la seguridad vial y la normativa actual.

Publicado

on

Motos electricas

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

El pulso por las motos eléctricas en la infraestructura para bicicletas de Bogotá volvió a encenderse. A finales de mayo de 2026, el concejal Juan David Quintero presentó observaciones formales al proyecto de resolución con el que el Ministerio de Transporte busca reglamentar la Ley 2486 de 2025, y el tema regresó a los titulares: ¿pueden las motos eléctricas circular por las ciclorrutas de la capital, y bajo qué reglas?

Para quien anda en dos ruedas —eléctricas o de combustión— entender este debate no es un asunto menor: define por dónde se puede rodar legalmente, quién responde en un accidente y qué comparendos están en juego. Acá te explicamos qué reabrió la discusión, qué dice realmente la norma y, sobre todo, qué aplica hoy en Bogotá.

Qué reabrió el debate

El detonante fue la publicación del proyecto de resolución del Ministerio de Transporte que reglamenta la Ley 2486 de 2025, la norma que reguló los vehículos eléctricos livianos en Colombia: motos eléctricas, ciclomotores eléctricos y bicicletas eléctricas, entre otros.

El viernes 29 de mayo de 2026, Quintero —vicepresidente del Concejo y miembro de la bancada de la Bicicleta— radicó observaciones a ese borrador. Reconoció el esfuerzo del Gobierno por fijar reglas claras, pero advirtió que el texto deja vacíos técnicos que, según su análisis, podrían poner en riesgo a peatones y ciclistas. Medios como Infobae retomaron el tema los primeros días de junio, devolviéndolo al centro de la conversación pública.

Los dos vacíos que denuncia el concejal

El cuestionamiento de Quintero se concentra en dos puntos concretos y verificables:

1. Una definición técnica imprecisa. El proyecto de resolución no especifica con claridad qué se entiende por “peso reducido” para los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (VELMPU), ni fija un límite inequívoco de velocidad máxima por diseño. Sin esos parámetros, sostiene el concejal, es difícil separar una bicicleta eléctrica de una verdadera moto eléctrica.

2. Una clasificación confusa en el RUNT. Según Quintero, muchas motos y ciclomotores eléctricos han entrado al país y se comercializan como “bicicletas eléctricas”, pese a tener potencia y características superiores. Esa etiqueta inadecuada en el registro dificulta la vigilancia y el control: si en el papel es una bicicleta, escapa a las obligaciones de una moto.

Advertisement

El concejal resume el riesgo de fondo con una pregunta que ya había planteado en debates anteriores: “¿Quién responde por la vida de una persona atropellada en una ciclorruta?”.

Qué dice realmente la Ley 2486 de 2025

Para entender la disputa hay que recordar el marco. La Ley 2486, sancionada en 2025, abrió la puerta a que ciertos vehículos eléctricos livianos —de hasta 1.000 vatios (W) de potencia— circulen por ciclorrutas sin matrícula, placa, licencia ni SOAT, con límites como una velocidad máxima de 25 km/h, edad mínima de 16 años y uso obligatorio de casco y luces.

La norma fue polémica desde su origen: autoridades locales, expertos en movilidad e incluso la entonces ministra de Transporte advirtieron sobre los riesgos para la seguridad vial. Si quieres repasar el contenido completo de la ley y lo que aplica a escala nacional, lo desglosamos en Ley 2486 y motos eléctricas en Colombia: lo que realmente aplica en 2026 y en el análisis de la sanción presidencial de la Ley 2486.

La clave para Bogotá está en un detalle de la propia ley: su artículo 3, numeral 6, faculta a las autoridades locales de tránsito a prohibir el tránsito de estos vehículos en determinadas ciclorrutas por razones de seguridad o de diseño. Esa es la ventana jurídica que el Distrito ha usado para mantener la restricción en la capital, como contamos en Bogotá prohíbe las motos eléctricas en las ciclorrutas.

¿Ciclovía o ciclorruta? La diferencia que cambia todo

Aquí conviene precisar algo que muchos titulares mezclan, y que es esencial para no equivocarse:

  • Ciclorruta: la infraestructura permanente —los carriles segregados para bicicletas que existen todos los días en la malla vial—. Es el escenario principal de este debate y donde el Distrito mantiene la prohibición.
  • Ciclovía: el programa recreativo, normalmente dominical y festivo, en el que se cierran vías para actividades deportivas y de esparcimiento.

El proyecto de resolución del Ministerio contempla que ciertos vehículos de movilidad personal podrían circular hasta a 25 km/h en vías destinadas a actividades deportivas, lo que toca directamente el terreno de las ciclovías recreativas. De ahí parte de la inquietud: mezclar vehículos motorizados con familias, niños y peatones en espacios pensados para la recreación. Si tienes dudas sobre dónde puede rodar cada tipo de vehículo, revisa nuestra guía Bicicleta, ciclomotor o moto eléctrica: dónde debes rodar en Bogotá.

Qué aplica hoy si andas en moto eléctrica en Bogotá

Más allá del ruido político, esto es lo práctico para el usuario en este momento:

  1. En las ciclorrutas de Bogotá, el tránsito de motos eléctricas y ciclomotores sigue prohibido. La sanción de la Ley 2486 no legalizó automáticamente su circulación en la capital, porque el Distrito se ampara en el artículo 3 de la misma ley. La Secretaría de Movilidad ha instalado señalización que advierte la restricción.
  2. Circular por la ciclorruta te expone a comparendo. Y el control podría endurecerse: Quintero impulsa en el Concejo iniciativas como un grupo de policía de tránsito dedicado a las ciclorrutas y un esquema de denuncia ciudadana con video para sancionar infracciones, incluidas las motos sobre ciclorrutas.
  3. La clasificación de tu vehículo importa. Si tu “bicicleta eléctrica” supera ciertos niveles de potencia o velocidad, en la práctica puede ser tratada como motocicleta, con las obligaciones que eso implica. Comprar con la etiqueta equivocada puede salir caro.

Lo que viene

El proyecto de resolución del Ministerio de Transporte todavía está en construcción, y las observaciones de Quintero y de otros actores buscan afinar definiciones de peso, potencia y velocidad antes de que el texto quede en firme. En paralelo, Bogotá mantiene su postura restrictiva sobre las ciclorrutas.

El trasfondo es un dilema de ciudad: cómo aprovechar el auge de la micromovilidad eléctrica —una alternativa real y sostenible— sin desnaturalizar espacios diseñados para ciclistas y peatones. Mientras la reglamentación nacional se define, la recomendación para quienes andan en moto eléctrica es clara: conocer la clasificación real de su vehículo y respetar las restricciones vigentes en la capital.

Advertisement

Este artículo se basa en información pública verificada a junio de 2026 (Concejo de Bogotá, Ministerio de Transporte y medios nacionales). La reglamentación de la Ley 2486 está en proceso y sus condiciones pueden cambiar; verifica siempre la normativa vigente antes de circular.


Discover more from Mundo Motor

Subscribe to get the latest posts sent to your email.

Continue Reading

Tendencias

Discover more from Mundo Motor

Subscribe now to keep reading and get access to the full archive.

Continue reading