Síguenos

Moto Tips

Mundo Motor renueva su estética web reafirmando su compromiso con los usuarios

Mundo Motor ha transformado su página web para ofrecer una experiencia más rápida, intuitiva y visual. Conoce las mejoras y sigue disfrutando del mejor contenido sobre motocicletas en Colombia.

Publicado

el

Actualizado el 17 de abril de 2026

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

En Mundo Motor, estamos emocionados de anunciar la renovación completa de nuestra página web, un esfuerzo dedicado a mejorar la experiencia de nuestros lectores y fortalecer nuestro compromiso con la comunidad apasionada por las motocicletas. Este cambio es el resultado de meses de trabajo y planificación, enfocados en ofrecer una plataforma más intuitiva, atractiva y funcional, siempre con nuestra misión de ser un medio hecho por moteros para moteros.

Una plataforma pensada en los usuarios

La nueva estética de nuestra página web no solo refleja un diseño moderno y fresco, sino que también incorpora funcionalidades optimizadas para que cada visita sea una experiencia agradable y enriquecedora. Al navegar por nuestro sitio, notarás mejoras significativas en:

  • Velocidad de carga: Nuestro sitio ahora opera con tiempos de carga más rápidos, garantizando que accedas al contenido que necesitas sin interrupciones.
  • Diseño responsivo: Ya sea que nos visites desde un computador, tablet o smartphone, la experiencia será igual de fluida y adaptada al dispositivo.
  • Navegación intuitiva: Hemos reorganizado nuestras categorías y menús para facilitar el acceso a las últimas noticias, lanzamientos de motocicletas y análisis especializados.
  • Mejor integración multimedia: Ahora puedes disfrutar de videos, imágenes y galerías con mayor calidad y rapidez.

Con estas mejoras, reafirmamos nuestro compromiso de mantenernos como un referente en información sobre motocicletas y tecnología relacionada.

Inspirados por nuestra comunidad

La renovación de Mundo Motor es un reflejo directo de los comentarios y sugerencias de nuestros lectores. Reconocemos que ustedes son el corazón de nuestro proyecto, y sus opiniones han sido fundamentales para esta transformación.

Queremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a cada uno de nuestros usuarios únicos, quienes nos han acompañado desde nuestros inicios. Gracias a su confianza, Mundo Motor se ha consolidado como el tercer medio especializado en motocicletas con más usuarios únicos en Colombia. Este logro no habría sido posible sin el respaldo constante de nuestra audiencia.

Innovación para líderes en el sector

Sabemos que la industria de las motocicletas está en constante evolución, y en Mundo Motor estamos comprometidos a seguir siendo pioneros en la entrega de contenido relevante y actualizado. Entre las novedades que encontrarás en nuestra renovada plataforma destacan:

  1. Sección interactiva de noticias: Con un diseño actualizado, esta sección permite explorar de manera más dinámica las tendencias del sector.
  2. Análisis y reseñas técnicas: Nuestro equipo de expertos seguirá proporcionando evaluaciones objetivas sobre los últimos modelos y tecnologías.
  3. Integración con redes sociales: Ahora será más fácil compartir tus artículos favoritos en plataformas como TikTok, Facebook y X (antes Twitter).

Estas innovaciones reflejan nuestro compromiso de liderar no solo en contenido, sino también en experiencia tecnológica.

Nuestro compromiso con la excelencia

Entendemos que una buena experiencia de usuario también implica ser fácilmente accesibles en internet. Por ello, hemos trabajado en implementar prácticas avanzadas de SEO (Search Engine Optimization), alineadas con los Estándares de Evaluación de la Experiencia del Usuario de Google (EEAT). Esto incluye:

  • Contenido original y de alta calidad: Cada artículo está cuidadosamente elaborado para ofrecer información verificada, relevante y atractiva.
  • Optimización técnica: Desde tiempos de carga hasta el uso de metadatos, todo ha sido diseñado para mejorar nuestra visibilidad en motores de búsqueda.
  • Enlaces internos y externos: Facilitamos la navegación dentro del sitio y ofrecemos referencias confiables para enriquecer cada tema.
  • Palabras clave estratégicas: Utilizamos términos relevantes como “motocicletas en Colombia”, “novedades en motos” y “tecnología para motociclistas” de manera orgánica para mejorar nuestro posicionamiento.

Gracias a estos esfuerzos, confiamos en que más usuarios podrán descubrir Mundo Motor como su fuente confiable de información sobre motocicletas.

Perspectivas para el futuro

En Mundo Motor, miramos al futuro con optimismo. Nos enorgullece ser parte de una comunidad apasionada y dedicada al mundo de las motocicletas, y aspiramos a seguir creciendo junto a ustedes. Nuestro objetivo es consolidarnos como el medio número uno en Colombia en esta categoría, ofreciendo contenido que no solo informe, sino que inspire.

Publicidad

Entre nuestros próximos proyectos, destacamos:

  • Colaboraciones con expertos del sector: Incluyendo entrevistas exclusivas con fabricantes, ingenieros y pilotos profesionales.
  • Cobertura en tiempo real de eventos: Para mantener a nuestros lectores al tanto de las principales ferias y competencias.
  • Propuestas interactivas para los usuarios: Desde encuestas hasta la participación en eventos organizados por Mundo Motor.

Con estas iniciativas, buscamos fortalecer nuestra relación con la comunidad y ofrecerles más razones para elegirnos como su portal de referencia.

Un agradecimiento sincero

En este momento de renovación y crecimiento, queremos reiterar nuestro agradecimiento a todos ustedes, nuestros lectores. Su apoyo nos motiva a seguir innovando y mejorando cada día. Nos emociona continuar este viaje juntos, y estamos comprometidos a seguir siendo su mejor aliado en el apasionante mundo de las motocicletas.

Gracias por ser parte de Mundo Motor. ¡El viaje apenas comienza!

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Comunicador social y periodista egresado de la Universidad Central, con diplomado en Marketing Digital, Aprendizaje de IA Generativa y Comunicación en la Salud de la Universidad del Rosario. Actualmente, con experiencia en medios de comunicación, donde aplica sus conocimientos y habilidades en SEO, redacción de contenido, creación de estrategias de marketing digital y comunicación. Su trabajo se enfoca en el posicionamiento On page y Off page por medio de estrategias de calidad que buscan informar, educar y entretener a los lectores.

Moto Tips

Impuesto vehicular para motos en Colombia: qué motos pagan, cuánto y cómo se calcula

Las motos con motor hasta de 125 c.c. no están gravadas con el impuesto vehicular y las de más de 125 c.c. pagan una tarifa fija del 1,5 %. Guía con la base gravable 2026, el cálculo paso a paso y dónde se declara.

Publicado

el

Mitos y leyendas de las motos

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

El impuesto vehicular es uno de los pagos que más dudas genera entre moteros en Colombia, sobre todo porque a muchos no les aplica y no lo saben. La regla de fondo lleva casi tres décadas sin cambiar: las motos con motor hasta de 125 c.c. no están gravadas, y las de más de 125 c.c. pagan una tarifa fija del 1,5 % sobre el valor comercial que el Ministerio de Transporte fija cada año. Esta guía explica quién paga, cuánto, cómo se calcula, dónde se declara y qué pasa si se deja vencer.

Qué motos pagan y cuáles quedan por fuera

El impuesto sobre vehículos automotores lo creó la Ley 488 de 1998, y su artículo 141 enumera los vehículos que quedan excluidos. El literal a) es el que interesa al motero: quedan por fuera “las bicicletas, motonetas, y motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindrada”.

De ahí salen dos consecuencias prácticas:

  • Si su moto tiene 125 c.c. o menos, no es sujeto de este impuesto. El umbral es inclusivo: 125 c.c. exactos quedan por fuera.
  • Si tiene más de 125 c.c., sí paga, sin importar si es naked, scooter, trail o custom. Lo que define la obligación es la cilindrada registrada, no el uso que usted le dé.

El hecho generador, según el artículo 140, es “la propiedad o posesión de los vehículos gravados”, y el sujeto pasivo (artículo 142) es el propietario o poseedor. La obligación sigue a quien tiene la moto, algo que pesa al comprar una usada con deudas atrás.

Cuánto se paga: una tarifa fija, una base que cambia cada año

El artículo 145 de la Ley 488 fija las tarifas. Para carros particulares establece tres rangos según el valor comercial; para motos, en cambio, hay una sola línea: “Motos de más de 125 c.c. 1.5%”.

Esto suele malentenderse: la tarifa de motos no sube por tramos de precio. Una de 160 c.c. y una de 1.000 c.c. pagan el mismo porcentaje; lo que cambia es la base.

Esa base es el valor comercial del vehículo y la define el artículo 143: “Está constituida por el valor comercial de los vehículos gravados, establecido anualmente mediante resolución expedida en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable, por el Ministerio de Transporte”.

Para la vigencia 2026, esa resolución es la 20253040048935, publicada por el Ministerio de Transporte bajo el título “Por la cual se establece la base gravable de los Vehículos Automotores para la vigencia fiscal 2026”. Las motos están en la Tabla 5, descrita oficialmente como “Base Gravable de vehículos tipo Motocicletas, Motocarros, Motocicletas y Motocarros Eléctricos con Watts”, disponible en la página de Base gravable 2026 del ministerio.

Publicidad

En esa tabla el avalúo se ubica cruzando marca, cilindraje y año modelo. En motos eléctricas la variable no es el cilindraje sino los watts o kilovatios.

Cómo se calcula, paso a paso

La operación es simple una vez que se tiene el avalúo:

  1. Verifique la cilindrada. Si es 125 c.c. o menos, no siga: no aplica.
  2. Busque el avalúo. En la Tabla 5 de la resolución vigente, cruzando marca, cilindraje y año modelo de su moto.
  3. Multiplique por 1,5 %. Avalúo × 0,015 = impuesto del año.

Un ejemplo solo para ilustrar la aritmética: con un avalúo de $10.000.000 el impuesto del año es de $150.000; con uno de $25.000.000, son $375.000. El avalúo que cuenta es el de la tabla, no lo que le ofrezcan por la moto en el mercado de usados.

El caso de la moto nueva

Cuando la moto entra a circular por primera vez, la base no sale de la tabla. El artículo 143 lo precisa: para esos vehículos “la base gravable está constituida por el valor total registrado en la factura de venta”, o el valor de la declaración de importación si el propietario la importó directamente.

Hay un segundo ajuste, en el parágrafo 2 del artículo 145: el primer año el impuesto “se liquidará en proporción al número de meses que reste del respectivo año gravable”, con la fracción de mes como mes completo. Ese parágrafo explica además por qué el concesionario lo cobra junto con la matrícula: el pago “constituye requisito para la inscripción inicial en el registro terrestre automotor”.

Cuándo se causa

El artículo 144 fija la fecha: el impuesto se causa el 1 de enero de cada año. Para motos nuevas se causa en la fecha de solicitud de inscripción en el registro terrestre automotor, que debe coincidir con la fecha de la factura de venta.

La consecuencia práctica es que quien sea propietario el 1 de enero queda con la obligación de esa vigencia, aunque venda la moto en febrero. Por eso al vender conviene dejar por escrito quién asume el año en curso.

Dónde se declara y se paga

Este es un impuesto departamental, no nacional, y ahí se origina buena parte de la confusión. El artículo 146, modificado por el artículo 106 de la Ley 633 de 2000, dice que “el impuesto de vehículos automotores se declarará y pagará anualmente, ante los departamentos o el Distrito Capital según el lugar donde se encuentre matriculado el respectivo vehículo”.

Publicidad

Es decir: no se paga donde usted vive ni donde circula, sino donde la moto está matriculada. Si está matriculada en Funza, le corresponde a Cundinamarca; si en Bogotá, al Distrito Capital. Los plazos y las entidades habilitadas los señala cada administración, y el recaudo y el cobro son competencia de ese departamento o distrito, según el artículo 147.

Del total recaudado, el artículo 150 (modificado por la Ley 633 de 2000) reparte el 80 % al departamento y el 20 % al municipio de la dirección informada en la declaración.

Por qué no conviene dejarlo vencer: el traspaso queda bloqueado

Si solo hay una razón para mantenerse al día, es esta. El artículo 148 es explícito: las autoridades de tránsito “se abstendrán de autorizar y registrar el traspaso de la propiedad de los vehículos gravados, hasta tanto se acredite que se está al día en el pago del impuesto sobre vehículos automotores y se haya pagado el seguro obligatorio de accidentes de tránsito”.

En el día a día: una moto con impuesto vencido no se puede traspasar. El comprador no queda como propietario y el vendedor sigue en el registro, con lo que eso implica en comparendos y responsabilidad. Si va a comprar una usada de más de 125 c.c., revisar el impuesto antes de entregar el dinero es tan necesario como revisar el SOAT.

El mismo artículo trae una buena noticia que casi nadie usa: su parágrafo establece que “el traslado y rematrícula de los vehículos no genera ningún costo o erogación”.

No pagar el impuesto no significa estar libre del SOAT

Conviene separar las dos cosas, porque la exclusión del artículo 141 a) se confunde seguido con una exención general. El propio artículo 145, en su parágrafo 3, lo cierra: “Todas las motos independientemente de su cilindraje, deberán adquirir el seguro obligatorio de accidentes de tránsito”.

Una moto de 100 c.c. o de 125 c.c. no paga impuesto vehicular, pero sí necesita SOAT, y su incumplimiento tiene sanción. Lo mismo aplica a la revisión tecnomecánica.

Publicidad

Casi la mitad del mercado nuevo queda por fuera

El umbral de 125 c.c. deja afuera a una porción enorme del parque que se está matriculando. Este fue el reparto por cilindrada en septiembre de 2026, según el informe de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI y Fenalco recogido por El Colombiano:

Tramo de cilindradaParticipación (septiembre 2026)¿Paga impuesto vehicular?
Menos de 100 c.c.3,8 %No
101 a 125 c.c.44,4 %No
126 a 150 c.c.15,1 %Sí
151 a 200 c.c.30,4 %Sí
Más de 200 c.c.6,3 %Sí

Sumando los dos primeros tramos, cerca del 48 % de las motos matriculadas en septiembre de 2026 quedó por debajo del umbral de 125 c.c. y, por lo tanto, fuera de este impuesto. El otro 52 % sí entra, y el grueso está en el tramo de 151 a 200 c.c., donde se concentran las motos de trabajo de mayor cilindrada. Para dimensionarlo: entre enero y septiembre de 2026 se matricularon 1.026.176 motos nuevas en el país, un 28,26 % más que en 2025.

Lo que aún no está claro

Dos cosas quedan pendientes:

  • La base gravable de 2027. El artículo 143 obliga a expedir la resolución de avalúos en noviembre del año anterior al gravable. El avalúo con el que se liquidará 2027 debe conocerse, entonces, en noviembre de 2026, en el portal del Ministerio de Transporte.
  • Los plazos y descuentos de cada departamento. La ley los deja en manos de departamentos y del Distrito Capital, que los fijan para cada vigencia. El calendario de 2027 lo publica la secretaría de hacienda del departamento donde esté matriculada la moto, normalmente al inicio del año.

Preguntas frecuentes

¿Las motos de 125 c.c. pagan impuesto vehicular en Colombia?

No. El artículo 141 de la Ley 488 de 1998 excluye del impuesto a las motocicletas con motor hasta de 125 c.c. de cilindrada. El umbral incluye los 125 c.c. exactos.

¿Cuál es la tarifa del impuesto para motos de más de 125 c.c.?

Es del 1,5 % sobre el valor comercial, según el numeral 2 del artículo 145 de la Ley 488 de 1998. Es una tarifa única: no varía por tramos de precio como sí ocurre con los carros particulares.

¿Dónde se consulta el avalúo de mi moto?

En la Tabla 5 de la resolución de base gravable que expide el Ministerio de Transporte cada año. Para 2026 es la Resolución 20253040048935, publicada en el portal del ministerio.

¿Dónde debo pagarlo?

Ante el departamento o el Distrito Capital donde esté matriculada la moto, no donde usted viva. Así lo establece el artículo 146 de la Ley 488, modificado por la Ley 633 de 2000.

¿Puedo traspasar una moto con el impuesto vencido?

No. El artículo 148 obliga a las autoridades de tránsito a no autorizar ni registrar el traspaso hasta que se acredite que el impuesto está al día y que el SOAT está pagado.

Publicidad

¿Cómo se liquida el impuesto de una moto nueva?

La base es el valor total de la factura de venta, y el primer año se liquida en proporción a los meses que resten del año gravable, contando la fracción de mes como mes completo.

Si mi moto no paga impuesto, ¿tampoco necesita SOAT?

Sí lo necesita. El parágrafo 3 del artículo 145 establece que todas las motos, sin importar su cilindraje, deben adquirir el seguro obligatorio de accidentes de tránsito.

Información verificada al 21 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Seguir leyendo

Tendencias

Descubre más de Mundo Motor

Suscríbete para seguir leyendo y acceder al archivo completo.

Seguir leyendo

Guías del motero: trámites y precios 2026
SOAT 2026Cuánto cuesta y qué cubreTecnomecánicaPrecio 2026 y qué revisanLicencia A1 y A2Requisitos y diferenciasPico y placaQué dígito aplica hoy