Síguenos

Moto Tips

Modificaciones que debe evitar en su motocicleta en Colombia: Razones para no realizarlas

Publicado

el

Actualizado el 17 de abril de 2026

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

Las motocicletas han ganado popularidad como medio de transporte en Colombia, especialmente en áreas urbanas, gracias a su accesibilidad y practicidad. Sin embargo, es crucial conocer las restricciones establecidas por la Ley 769 de 2002 respecto a las modificaciones permitidas en estos vehículos. Exploraremos detalladamente cuáles son las modificaciones prohibidas y las razones por las cuales deben evitarse.

La Ley 769 de 2002, en conjunto con otras normativas específicas, regula las condiciones bajo las cuales se pueden realizar modificaciones en motocicletas en Colombia. Estas regulaciones no solo buscan mantener la seguridad vial, sino también garantizar el cumplimiento de normas ambientales y de identificación vehicular.

Modificaciones Prohibidas

1. Alteración de placas

Es estrictamente prohibido modificar, obstruir o falsificar las placas de una motocicleta. Las placas deben ser legibles y visibles en todo momento, según lo establecido por la Resolución 3027 de 2010. Cualquier alteración constituye una infracción grave que puede resultar en sanciones legales significativas.

2. Emisiones de ruido excesivo

El Código Nacional de Tránsito prohíbe la instalación de dispositivos que generen ruido excesivo, como válvulas o resonadores no autorizados. Las motocicletas deben cumplir con los límites de ruido establecidos para evitar molestias a otros usuarios de la vía y riesgos para la seguridad vial.

3. Luces y sirenas ilegales

El uso de sirenas, luces intermitentes de alta intensidad y dispositivos similares está restringido a vehículos de emergencia autorizados. Su uso indebido en una motocicleta constituye una infracción grave y puede resultar en sanciones legales.

4. Modificaciones estructurales no autorizadas

Cualquier cambio en características estructurales como el motor, chasis, suspensión o sistema de frenos debe contar con la autorización previa de la autoridad de tránsito competente. Las modificaciones no autorizadas pueden comprometer la seguridad del vehículo y poner en riesgo la vida del conductor y otros usuarios de la vía.

5. Alteración del número de motor

No se permite la alteración o falsificación del número de identificación del motor, chasis o serie de la motocicleta. Cualquier cambio debe seguir procedimientos específicos establecidos por las autoridades de tránsito y aduana para evitar consecuencias legales y la inmovilización del vehículo.

Publicidad

Razones para Evitar Estas Modificaciones

Las restricciones establecidas por la ley tienen fundamentos claros y objetivos:

  • Seguridad Vial: Las modificaciones no autorizadas pueden comprometer la estabilidad y manejo seguro de la motocicleta, aumentando el riesgo de accidentes.
  • Cumplimiento Normativo: Respetar las normativas vigentes asegura la legalidad del vehículo y evita sanciones económicas y administrativas.
  • Protección Ambiental: Limitar las emisiones de ruido y mantener estándares ambientales contribuye a la calidad del entorno urbano y rural.
  • Identificación Vehicular: Las placas visibles y legibles son esenciales para la identificación y control del tráfico, facilitando la gestión de seguridad vial por parte de las autoridades.

Evitar las modificaciones prohibidas en motocicletas en Colombia no solo garantiza el cumplimiento de la ley, sino que también promueve la seguridad vial y el respeto por el entorno urbano. Es responsabilidad de cada propietario de motocicleta conocer y cumplir con las regulaciones establecidas para asegurar un transporte seguro y legal en las vías del país.

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Egresado del SENA en el programa de Tecnólogo en Análisis y Desarrollo de Software, con una fuerte pasión por la programación, la tecnología y las motos. Como programador junior, me especializo en crear soluciones eficientes utilizando mis conocimientos en lenguajes de programación y bases de datos. Además, trabajo como editor SEO, donde aplico técnicas de optimización para mejorar la visibilidad y el posicionamiento de contenido en línea. Combino mi formación técnica con mi experiencia en SEO para ofrecer un enfoque integral que optimiza tanto el desarrollo de software como el rendimiento del contenido web. Apasionado por las motos, me esfuerzo por mantenerme actualizado en las últimas tendencias tecnológicas para ofrecer siempre las mejores soluciones, tanto en el mundo digital como en mi vida personal.

Moto Tips

Restricción nocturna para motos en Colombia: dónde rige, en qué horario y qué multa tiene

Barranquilla y Bucaramanga tienen hoy restricción nocturna para motos. Horarios, zonas, excepciones, el valor de la multa y cómo confirmar si la medida aplica donde usted rueda.

Publicado

el

Primer plano del doble faro LED encendido de la CFMoto Papio SS 2025 en ambiente nocturno

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

En Colombia no existe una prohibición nacional que impida rodar en moto de noche. Lo que existe son medidas locales: decretos de alcaldía y resoluciones de las direcciones de tránsito que, en ciudades puntuales, cierran una franja horaria a las motocicletas. Dos ciudades grandes tienen hoy una restricción de ese tipo —Barranquilla y Bucaramanga— y la sanción por desconocerla no es menor: multa de 15 salarios mínimos diarios e inmovilización del vehículo.

Esta guía reúne qué rige en cada ciudad, cuánto cuesta el comparendo y cómo verificar usted mismo si la medida aplica donde vive, porque estas normas se expiden y se prorrogan con plazos cortos.

Por qué cada ciudad decide por su cuenta

La facultad está en el Código Nacional de Tránsito. La autoridad de tránsito local puede restringir la circulación por determinados sitios u horarios, y el incumplimiento queda tipificado como una infracción específica. El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 lo redacta así en su literal C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.

Esto explica por qué el panorama es tan desigual. Un motociclista de Bogotá puede rodar a las tres de la mañana sin problema, mientras uno de Barranquilla, a la misma hora, necesita ser el propietario de la moto o tener un permiso. No hay un criterio nacional: hay tantos regímenes como municipios que hayan expedido el acto administrativo.

Un caso aparte: Cali no tiene restricción horaria nocturna, pero sí la medida más amplia del país sobre el acompañante. El Decreto 4112.010.20.0255 de 2026, del 24 de febrero, prohíbe en toda la ciudad el tránsito de motos con parrillero hombre de 14 años o más, las 24 horas y los siete días, por un año, con excepciones para Fuerza Pública, organismos de socorro, seguridad privada identificada, instructores de escuelas de enseñanza y personas con discapacidad acreditada, según la Alcaldía de Cali. Ahí la sanción es multa general tipo 4 del Código de Policía: 16 salarios mínimos diarios, cerca de $933.800 en 2026.

Barranquilla: de 11:00 p. m. a 5:00 a. m.

La restricción nocturna de Barranquilla se expidió mediante el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025 y es la que cubre la franja horaria más extensa entre las ciudades principales. Según el detalle publicado por El País, estas son las condiciones:

  • Horario: entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m.
  • Quién puede circular: en esa franja solo el propietario de la motocicleta, y puede llevar acompañante únicamente si está previamente inscrito ante la autoridad.
  • Cuadrante del Centro: prohibición de tránsito de motos entre las calles 30 y 45 y las carreras 38 y 46, con franjas habilitadas sin acompañante para actividades comerciales.
  • Corredores de Transmetro: prohibición permanente para motos en vías como la calle 45 (avenida Murillo) y la carrera 46. Tampoco se permite llevar como parrillero a mujeres embarazadas ni a menores de 12 años.
  • Permisos: se tramitan por el portal de la Alcaldía para desplazamientos laborales o académicos en horarios restringidos. Exigen documentación al día y paz y salvo en el SIMIT; a las empresas se les pide plan estratégico de seguridad vial.

La propia Alcaldía de Barranquilla informó que las medidas que regulan la circulación de motociclistas continúan vigentes hasta octubre de 2026. Es decir: el plazo se está cumpliendo justo ahora, y de ahí la importancia de verificar el estado antes de planear un turno nocturno.

Bucaramanga: de medianoche a 4:00 a. m. en todo el perímetro urbano

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió la Resolución 0152 del 13 de marzo de 2026, que restringe la circulación nocturna en toda el área urbana de la ciudad. Según el reporte de Semana:

Publicidad
  • Horario: entre las 12:00 de la medianoche y las 4:00 de la madrugada.
  • Vehículos cubiertos: motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos.
  • Entrada en vigor: 20 de marzo de 2026, después de una semana de pedagogía entre el 13 y el 19 de marzo.
  • Cobertura: todo el perímetro urbano de Bucaramanga.

Bucaramanga tiene además otra medida distinta y simultánea, que conviene no confundir. La Resolución 063 de 2026, oficializada el 26 de enero de 2026 en cumplimiento de una orden judicial, impone dos restricciones diurnas, según el detalle de Vanguardia:

MedidaDóndeCuándo
Prohibición de circulación de motosCarrera 33, entre avenida Quebrada Seca y calle 55 (norte-sur) y entre calle 56 y avenida Quebrada Seca (sur-norte)Lunes a viernes, 6:00 a 9:00 a. m. y 5:00 a 8:00 p. m.
Prohibición de parrilleroCalle 36, entre carreras 15 y 19, en ambos sentidosLunes a viernes, 6:00 a 8:00 a. m. y 6:00 a 8:00 p. m.
Restricciones de la Resolución 063 de 2026 de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga. No rigen los días festivos.

Cuánto cuesta la multa y por qué inmovilizan la moto

Circular en una franja restringida se sanciona con el código C.14: multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Con el salario mínimo de 2026 de $1.750.905, el valor ronda los $875.452. Es la misma cifra que El Tiempo publicó este año para las sanciones de 15 salarios mínimos diarios, como la de circular sin revisión técnico-mecánica.

El segundo efecto pesa más que el primero: el mismo literal C.14 ordena además la inmovilización del vehículo. No es discrecional del agente. Eso implica patio, grúa y los costos de ambos, que corren por cuenta del propietario y que en la práctica suelen superar el valor de la multa en pocos días.

Cómo verificar si la restricción aplica en su ciudad

Estas medidas cambian con frecuencia y se prorrogan por tramos. Antes de confiarse, haga esta verificación en orden:

  1. Busque el acto administrativo, no la noticia. En el portal de la alcaldía, sección de decretos o normativa, filtre por el año en curso. Si la medida existe, hay un decreto o resolución con número y fecha.
  2. Revise la vigencia expresa. Casi todos estos actos tienen fecha de terminación: anote la que diga el documento.
  3. Confirme el alcance geográfico. Varias ciudades no restringen toda el área urbana, sino cuadrantes o corredores concretos; un par de cuadras define si hay comparendo.
  4. Verifique si hay registro o permiso. Donde la medida permite circular al propietario o al parrillero inscrito, la inscripción es un trámite previo: no sirve explicarlo en el puesto de control.
  5. Chequee su situación en el SIMIT. Varios permisos exigen paz y salvo de comparendos.

Lo que aún no está claro

El plazo de las medidas de Barranquilla, informado por la Alcaldía como vigente hasta octubre de 2026, se cumple este mes. Falta por definirse si el Distrito expide una prórroga, ajusta los horarios o deja vencer la restricción. La confirmación llegará por decreto distrital publicado en el portal de la Alcaldía, y hasta que eso ocurra la franja de 11:00 p. m. a 5:00 a. m. debe darse por vigente.

En Bucaramanga, las resoluciones 063 y 0152 de 2026 no tienen una fecha de terminación difundida públicamente. Quien ruede allí debería revisar la página de la Dirección de Tránsito antes de asumir que una franja quedó liberada.

Preguntas frecuentes

¿Hay una restricción nacional para motos en la noche en Colombia?

No. No existe una norma nacional que prohíba circular en moto de noche. Las restricciones son locales y las expide cada alcaldía o dirección de tránsito mediante decreto o resolución.

¿Cuál es el horario de la restricción nocturna en Barranquilla?

De 11:00 p. m. a 5:00 a. m., según el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025. En esa franja solo puede circular el propietario de la moto, con acompañante únicamente si está previamente inscrito.

¿Cuánto cuesta la multa por circular en horario restringido?

Es la infracción C.14: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, unos $875.452 con el salario mínimo de 2026. El Código Nacional de Tránsito establece además que el vehículo será inmovilizado.

Publicidad

¿En Bogotá hay restricción de parrillero o nocturna?

No. La Secretaría Distrital de Movilidad ha desmentido mensajes virales que anuncian restricciones de parrillero en la ciudad. Lo que puede haber son medidas temporales por eventos puntuales.

Información verificada al 14 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Seguir leyendo

Tendencias

Descubre más de Mundo Motor

Suscríbete para seguir leyendo y acceder al archivo completo.

Seguir leyendo

Guías del motero: trámites y precios 2026
SOAT 2026Cuánto cuesta y qué cubreTecnomecánicaPrecio 2026 y qué revisanLicencia A1 y A2Requisitos y diferenciasPico y placaQué dígito aplica hoy