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Ranking de los autos más vendidos en Colombia: quién mandó la parada en septiembre 2025

Publicado

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Actualizado el 17 de abril de 2026

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El sector automotor colombiano cerró septiembre de 2025 con cifras históricas. Durante el noveno mes del año se matricularon 24.862 vehículos nuevos, un aumento del 45,2 % frente a septiembre de 2024, convirtiéndose en el mejor mes de ventas de todo 2025.

Entre enero y septiembre ya se acumulan 175.025 matrículas, un crecimiento del 29,4 % respecto al mismo periodo del año pasado. Este repunte se explica por la estabilidad económica, una mayor disponibilidad de crédito, el lanzamiento de nuevos modelos, el auge de vehículos eléctricos e híbridos y una oferta más variada que ha dinamizado el consumo en todo el país.

Auge de tecnologías limpias: eléctricos e híbridos crecen a ritmo récord

El mercado colombiano está adoptando con fuerza alternativas de movilidad sostenible. Solo en septiembre se matricularon 1.858 vehículos eléctricos (un salto del 151 % frente al mismo mes de 2024) y 7.102 híbridos (72,3 % más que un año atrás).

En el acumulado anual:

  • Eléctricos: 12.366 unidades enero-septiembre (+170 %).
  • Híbridos: 46.352 unidades enero-septiembre (+63 %).

El impulso proviene de incentivos tributarios, mayor variedad de modelos y estrategias comerciales que facilitan el acceso a estas tecnologías.

Marcas más vendidas en Colombia

En septiembre, el mercado estuvo dominado por cinco fabricantes que juntos concentraron más del 50 % de las ventas.

MarcaUnidades sep 2025Participación mensualUnidades ene-sep 2025Participación anualCrecimiento ene-sep vs 2024
Kia3.57414,4 %23.20113,3 %+45,6 %
Renault2.98712,0 %22.54512,9 %+34,9 %
Chevrolet2.2419,0 %14.8198,5 %+6,8 %
Mazda1.9347,8 %15.4358,8 %+25,7 %
Toyota1.8627,5 %18.89310,8 %–3,8 %

Además de los líderes tradicionales, marcas emergentes destacaron con crecimientos excepcionales: BYD (+243 % anual), Hyundai (+101,6 %) y Foton (+60 %). Esto refleja un mercado cada vez más abierto a nuevas opciones y tecnologías.

Modelos más vendidos en septiembre

Los colombianos siguen apostando por vehículos compactos y SUV de entrada, aunque el segmento utilitario también mostró dinamismo.

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ModeloUnidades sep 2025Participación mensualCrecimiento vs 2024
Kia Picanto1.0254,1 %+131 %
Renault Duster9783,9 %+97,6 %
Kia K38533,4 %+54,5 %
Foton BJ8483,4 %+149 %
Mazda CX-307733,1 %+5,5 %

En el acumulado del año, el Toyota Corolla Cross se mantiene como el modelo con mayor demanda, seguido de Kia K3, Renault Duster, Mazda CX-30 y Kia Picanto.

Dónde se vendieron más vehículos: comportamiento regional

Aunque Bogotá continúa siendo el mayor mercado, ciudades intermedias y regiones tradicionalmente menos protagonistas impulsaron el crecimiento nacional.

Ciudad / RegiónUnidades sep 2025Crecimiento vs 2024
Bogotá D.C.5.306+42,4 %
Medellín (Valle de Aburrá)4.421+48,4 %
Funza2.281+52,3 %
Cali2.085+40,2 %
Bucaramanga1.128+90,9 %
Mosquera847+95,2 %
Manizales525+104,3 %
Villavicencio470+98,3 %
Ibagué369+87,3 %

El fuerte crecimiento en ciudades como Manizales, Villavicencio y Mosquera evidencia que el mercado automotor se está expandiendo fuera de los grandes centros urbanos.

Segmentos clave y tendencias

  • SUV y automóviles continúan liderando el mercado, con más de 98.000 SUV y 43.000 automóviles matriculados en el acumulado del año.
  • Comerciales de carga muestran un repunte significativo (+41 % en lo corrido de 2025 y +152 % en septiembre), señal del dinamismo económico y la necesidad de transporte logístico.
  • Camionetas y vehículos de pasajeros comerciales también registran crecimientos importantes, favorecidos por la renovación de flotas y el aumento de emprendimientos de transporte.

Si la tendencia se mantiene, Colombia podría superar las 250.000 unidades nuevas al cierre del año, alcanzando niveles previos a 2019. El desafío será sostener la confianza del consumidor y acelerar la infraestructura de carga para vehículos eléctricos, así como mantener estímulos que faciliten la renovación del parque automotor.

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Comunicador social y periodista egresado de la Universidad Central, con diplomado en Marketing Digital, Aprendizaje de IA Generativa y Comunicación en la Salud de la Universidad del Rosario. Actualmente, con experiencia en medios de comunicación, donde aplica sus conocimientos y habilidades en SEO, redacción de contenido, creación de estrategias de marketing digital y comunicación. Su trabajo se enfoca en el posicionamiento On page y Off page por medio de estrategias de calidad que buscan informar, educar y entretener a los lectores.

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Restricción nocturna para motos en Colombia: dónde rige, en qué horario y qué multa tiene

Barranquilla y Bucaramanga tienen hoy restricción nocturna para motos. Horarios, zonas, excepciones, el valor de la multa y cómo confirmar si la medida aplica donde usted rueda.

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Primer plano del doble faro LED encendido de la CFMoto Papio SS 2025 en ambiente nocturno

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En Colombia no existe una prohibición nacional que impida rodar en moto de noche. Lo que existe son medidas locales: decretos de alcaldía y resoluciones de las direcciones de tránsito que, en ciudades puntuales, cierran una franja horaria a las motocicletas. Dos ciudades grandes tienen hoy una restricción de ese tipo —Barranquilla y Bucaramanga— y la sanción por desconocerla no es menor: multa de 15 salarios mínimos diarios e inmovilización del vehículo.

Esta guía reúne qué rige en cada ciudad, cuánto cuesta el comparendo y cómo verificar usted mismo si la medida aplica donde vive, porque estas normas se expiden y se prorrogan con plazos cortos.

Por qué cada ciudad decide por su cuenta

La facultad está en el Código Nacional de Tránsito. La autoridad de tránsito local puede restringir la circulación por determinados sitios u horarios, y el incumplimiento queda tipificado como una infracción específica. El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 lo redacta así en su literal C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.

Esto explica por qué el panorama es tan desigual. Un motociclista de Bogotá puede rodar a las tres de la mañana sin problema, mientras uno de Barranquilla, a la misma hora, necesita ser el propietario de la moto o tener un permiso. No hay un criterio nacional: hay tantos regímenes como municipios que hayan expedido el acto administrativo.

Un caso aparte: Cali no tiene restricción horaria nocturna, pero sí la medida más amplia del país sobre el acompañante. El Decreto 4112.010.20.0255 de 2026, del 24 de febrero, prohíbe en toda la ciudad el tránsito de motos con parrillero hombre de 14 años o más, las 24 horas y los siete días, por un año, con excepciones para Fuerza Pública, organismos de socorro, seguridad privada identificada, instructores de escuelas de enseñanza y personas con discapacidad acreditada, según la Alcaldía de Cali. Ahí la sanción es multa general tipo 4 del Código de Policía: 16 salarios mínimos diarios, cerca de $933.800 en 2026.

Barranquilla: de 11:00 p. m. a 5:00 a. m.

La restricción nocturna de Barranquilla se expidió mediante el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025 y es la que cubre la franja horaria más extensa entre las ciudades principales. Según el detalle publicado por El País, estas son las condiciones:

  • Horario: entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m.
  • Quién puede circular: en esa franja solo el propietario de la motocicleta, y puede llevar acompañante únicamente si está previamente inscrito ante la autoridad.
  • Cuadrante del Centro: prohibición de tránsito de motos entre las calles 30 y 45 y las carreras 38 y 46, con franjas habilitadas sin acompañante para actividades comerciales.
  • Corredores de Transmetro: prohibición permanente para motos en vías como la calle 45 (avenida Murillo) y la carrera 46. Tampoco se permite llevar como parrillero a mujeres embarazadas ni a menores de 12 años.
  • Permisos: se tramitan por el portal de la Alcaldía para desplazamientos laborales o académicos en horarios restringidos. Exigen documentación al día y paz y salvo en el SIMIT; a las empresas se les pide plan estratégico de seguridad vial.

La propia Alcaldía de Barranquilla informó que las medidas que regulan la circulación de motociclistas continúan vigentes hasta octubre de 2026. Es decir: el plazo se está cumpliendo justo ahora, y de ahí la importancia de verificar el estado antes de planear un turno nocturno.

Bucaramanga: de medianoche a 4:00 a. m. en todo el perímetro urbano

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió la Resolución 0152 del 13 de marzo de 2026, que restringe la circulación nocturna en toda el área urbana de la ciudad. Según el reporte de Semana:

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  • Horario: entre las 12:00 de la medianoche y las 4:00 de la madrugada.
  • Vehículos cubiertos: motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos.
  • Entrada en vigor: 20 de marzo de 2026, después de una semana de pedagogía entre el 13 y el 19 de marzo.
  • Cobertura: todo el perímetro urbano de Bucaramanga.

Bucaramanga tiene además otra medida distinta y simultánea, que conviene no confundir. La Resolución 063 de 2026, oficializada el 26 de enero de 2026 en cumplimiento de una orden judicial, impone dos restricciones diurnas, según el detalle de Vanguardia:

MedidaDóndeCuándo
Prohibición de circulación de motosCarrera 33, entre avenida Quebrada Seca y calle 55 (norte-sur) y entre calle 56 y avenida Quebrada Seca (sur-norte)Lunes a viernes, 6:00 a 9:00 a. m. y 5:00 a 8:00 p. m.
Prohibición de parrilleroCalle 36, entre carreras 15 y 19, en ambos sentidosLunes a viernes, 6:00 a 8:00 a. m. y 6:00 a 8:00 p. m.
Restricciones de la Resolución 063 de 2026 de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga. No rigen los días festivos.

Cuánto cuesta la multa y por qué inmovilizan la moto

Circular en una franja restringida se sanciona con el código C.14: multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Con el salario mínimo de 2026 de $1.750.905, el valor ronda los $875.452. Es la misma cifra que El Tiempo publicó este año para las sanciones de 15 salarios mínimos diarios, como la de circular sin revisión técnico-mecánica.

El segundo efecto pesa más que el primero: el mismo literal C.14 ordena además la inmovilización del vehículo. No es discrecional del agente. Eso implica patio, grúa y los costos de ambos, que corren por cuenta del propietario y que en la práctica suelen superar el valor de la multa en pocos días.

Cómo verificar si la restricción aplica en su ciudad

Estas medidas cambian con frecuencia y se prorrogan por tramos. Antes de confiarse, haga esta verificación en orden:

  1. Busque el acto administrativo, no la noticia. En el portal de la alcaldía, sección de decretos o normativa, filtre por el año en curso. Si la medida existe, hay un decreto o resolución con número y fecha.
  2. Revise la vigencia expresa. Casi todos estos actos tienen fecha de terminación: anote la que diga el documento.
  3. Confirme el alcance geográfico. Varias ciudades no restringen toda el área urbana, sino cuadrantes o corredores concretos; un par de cuadras define si hay comparendo.
  4. Verifique si hay registro o permiso. Donde la medida permite circular al propietario o al parrillero inscrito, la inscripción es un trámite previo: no sirve explicarlo en el puesto de control.
  5. Chequee su situación en el SIMIT. Varios permisos exigen paz y salvo de comparendos.

Lo que aún no está claro

El plazo de las medidas de Barranquilla, informado por la Alcaldía como vigente hasta octubre de 2026, se cumple este mes. Falta por definirse si el Distrito expide una prórroga, ajusta los horarios o deja vencer la restricción. La confirmación llegará por decreto distrital publicado en el portal de la Alcaldía, y hasta que eso ocurra la franja de 11:00 p. m. a 5:00 a. m. debe darse por vigente.

En Bucaramanga, las resoluciones 063 y 0152 de 2026 no tienen una fecha de terminación difundida públicamente. Quien ruede allí debería revisar la página de la Dirección de Tránsito antes de asumir que una franja quedó liberada.

Preguntas frecuentes

¿Hay una restricción nacional para motos en la noche en Colombia?

No. No existe una norma nacional que prohíba circular en moto de noche. Las restricciones son locales y las expide cada alcaldía o dirección de tránsito mediante decreto o resolución.

¿Cuál es el horario de la restricción nocturna en Barranquilla?

De 11:00 p. m. a 5:00 a. m., según el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025. En esa franja solo puede circular el propietario de la moto, con acompañante únicamente si está previamente inscrito.

¿Cuánto cuesta la multa por circular en horario restringido?

Es la infracción C.14: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, unos $875.452 con el salario mínimo de 2026. El Código Nacional de Tránsito establece además que el vehículo será inmovilizado.

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¿En Bogotá hay restricción de parrillero o nocturna?

No. La Secretaría Distrital de Movilidad ha desmentido mensajes virales que anuncian restricciones de parrillero en la ciudad. Lo que puede haber son medidas temporales por eventos puntuales.

Información verificada al 14 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.

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