Síguenos

Moto Tips

El mercado de motos en Colombia no para: más de medio millón de unidades en 2026 y camino a un nuevo récord

Colombia matriculó más de 547.000 motos entre enero y mayo de 2026, un alza del 34%. Marcas, modelos, regiones y las razones detrás del récord.

Publicado

el

motos

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

Mientras varios sectores de la economía muestran señales de desaceleración, las motos siguen en racha. Entre enero y mayo de 2026 se matricularon 547.834 motos nuevas en Colombia, un crecimiento del 34 % frente al mismo periodo de 2025, según el informe de la Cámara de la Industria de Motocicletas de la ANDI y Fenalco, elaborado con datos del RUNT. El comportamiento confirma que la moto se consolidó como el principal vehículo de trabajo y movilidad de millones de hogares.

Las cifras de mayo

Solo en mayo se registraron 110.599 unidades nuevas, un 23,03 % más que en el mismo mes de 2025, cuando el mercado cerró en cerca de 89.900 motos. La única lectura negativa fue frente a abril, con una caída mensual del 2,64 %, un ajuste que no rompe la tendencia alcista del año. La preferencia de los compradores se concentró en el bajo cilindraje: el segmento de 101 a 125 cc lideró con el 47,17 % de las matrículas, seguido por el de 151 a 200 cc con el 26,99 %.

Las marcas que dominan

En el ranking por marcas, Bajaj se ubicó primera con 19.868 unidades y una participación del 17,96 %, seguida por Suzuki con 17.552 (15,87 %) y Honda con 15.903 (14,38 %). AKT y Yamaha completaron el top cinco. El dato más llamativo estuvo en los crecimientos: dentro de las grandes, Honda disparó sus ventas un 53,68 % frente a mayo de 2025, seguida por Bajaj (36,99 %) y Hero (24,13 %). El listado lo completan TVS, Victory y marcas emergentes que, en volúmenes menores, registraron crecimientos porcentuales muy altos.

Los modelos más vendidos

La AKT AK125NKD EIII volvió a encabezar el ranking con 6.518 unidades y una participación del 5,89 %, seguida por la Bajaj CT100 ES Spoke (4.606) y la Yamaha NMAX155, identificada en los registros como GPD155-A (4.034). Completaron el top cinco la Suzuki DR150 ABS (3.861) y la Bajaj CT100 KS Spoke (3.795). Los diez modelos más vendidos representaron el 35,75 % del total comercializado, y un dato relevante en materia de seguridad: el 100 % de ellos incorpora sistemas de frenado ABS o CBS. Entre los modelos que más crecieron, la Honda XR190L 2.0 casi duplicó sus registros (+95,36 %) y la Hero Hunk 125R subió 47,49 %.

Dónde se vende más

La demanda no se limita a las grandes capitales. Cundinamarca lideró los registros con 20.728 unidades (18,74 %), seguida por Antioquia con 18.071 (16,34 %) y Valle del Cauca con 11.163 (10,09 %); entre los tres concentraron el 45,17 % del mercado nacional. A nivel municipal, Sabaneta (Antioquia) encabezó con 8.471 unidades, seguida por Funza (Cundinamarca) y El Cerrito (Valle del Cauca), lo que confirma el peso creciente de los municipios intermedios como centros de comercialización.

Por qué no para de crecer

Detrás del fenómeno hay razones estructurales. La moto sigue siendo la alternativa de movilidad más económica frente al carro y, sobre todo, la herramienta de trabajo de miles de hogares dedicados a domicilios, mensajería, transporte de mercancías y servicios. Más de 6,16 millones de hogares colombianos —el 32 % del total— tienen al menos una moto, y se estima que más de 13 millones de personas dependen de ella para movilizarse o generar ingresos. A esto se suma el crédito como motor de las ventas, ya que una porción cada vez mayor de las compras se financia.

El dinamismo viene de lejos: 2025 cerró con cifras históricas y 2026 arrancó con registros mensuales superiores a las 95.000 unidades, con un pico de más de 118.000 motos en marzo. Para el segundo semestre, el sector mira de cerca dos variables que podrían mover el tablero: la evolución del consumo de los hogares y los eventuales cambios regulatorios sobre el SOAT y la movilidad anunciados con el nuevo gobierno.

Publicidad

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Comunicador social y periodista egresado de la Universidad Central, con diplomado en Marketing Digital, Aprendizaje de IA Generativa y Comunicación en la Salud de la Universidad del Rosario. Actualmente, con experiencia en medios de comunicación, donde aplica sus conocimientos y habilidades en SEO, redacción de contenido, creación de estrategias de marketing digital y comunicación. Su trabajo se enfoca en el posicionamiento On page y Off page por medio de estrategias de calidad que buscan informar, educar y entretener a los lectores.

Moto Tips

Restricción nocturna para motos en Colombia: dónde rige, en qué horario y qué multa tiene

Barranquilla y Bucaramanga tienen hoy restricción nocturna para motos. Horarios, zonas, excepciones, el valor de la multa y cómo confirmar si la medida aplica donde usted rueda.

Publicado

el

Primer plano del doble faro LED encendido de la CFMoto Papio SS 2025 en ambiente nocturno

¡No te pierdas ninguna novedad de las dos ruedas!

Únete a WhatsApp Seguir en Google News

En Colombia no existe una prohibición nacional que impida rodar en moto de noche. Lo que existe son medidas locales: decretos de alcaldía y resoluciones de las direcciones de tránsito que, en ciudades puntuales, cierran una franja horaria a las motocicletas. Dos ciudades grandes tienen hoy una restricción de ese tipo —Barranquilla y Bucaramanga— y la sanción por desconocerla no es menor: multa de 15 salarios mínimos diarios e inmovilización del vehículo.

Esta guía reúne qué rige en cada ciudad, cuánto cuesta el comparendo y cómo verificar usted mismo si la medida aplica donde vive, porque estas normas se expiden y se prorrogan con plazos cortos.

Por qué cada ciudad decide por su cuenta

La facultad está en el Código Nacional de Tránsito. La autoridad de tránsito local puede restringir la circulación por determinados sitios u horarios, y el incumplimiento queda tipificado como una infracción específica. El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 lo redacta así en su literal C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.

Esto explica por qué el panorama es tan desigual. Un motociclista de Bogotá puede rodar a las tres de la mañana sin problema, mientras uno de Barranquilla, a la misma hora, necesita ser el propietario de la moto o tener un permiso. No hay un criterio nacional: hay tantos regímenes como municipios que hayan expedido el acto administrativo.

Un caso aparte: Cali no tiene restricción horaria nocturna, pero sí la medida más amplia del país sobre el acompañante. El Decreto 4112.010.20.0255 de 2026, del 24 de febrero, prohíbe en toda la ciudad el tránsito de motos con parrillero hombre de 14 años o más, las 24 horas y los siete días, por un año, con excepciones para Fuerza Pública, organismos de socorro, seguridad privada identificada, instructores de escuelas de enseñanza y personas con discapacidad acreditada, según la Alcaldía de Cali. Ahí la sanción es multa general tipo 4 del Código de Policía: 16 salarios mínimos diarios, cerca de $933.800 en 2026.

Barranquilla: de 11:00 p. m. a 5:00 a. m.

La restricción nocturna de Barranquilla se expidió mediante el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025 y es la que cubre la franja horaria más extensa entre las ciudades principales. Según el detalle publicado por El País, estas son las condiciones:

  • Horario: entre las 11:00 p. m. y las 5:00 a. m.
  • Quién puede circular: en esa franja solo el propietario de la motocicleta, y puede llevar acompañante únicamente si está previamente inscrito ante la autoridad.
  • Cuadrante del Centro: prohibición de tránsito de motos entre las calles 30 y 45 y las carreras 38 y 46, con franjas habilitadas sin acompañante para actividades comerciales.
  • Corredores de Transmetro: prohibición permanente para motos en vías como la calle 45 (avenida Murillo) y la carrera 46. Tampoco se permite llevar como parrillero a mujeres embarazadas ni a menores de 12 años.
  • Permisos: se tramitan por el portal de la Alcaldía para desplazamientos laborales o académicos en horarios restringidos. Exigen documentación al día y paz y salvo en el SIMIT; a las empresas se les pide plan estratégico de seguridad vial.

La propia Alcaldía de Barranquilla informó que las medidas que regulan la circulación de motociclistas continúan vigentes hasta octubre de 2026. Es decir: el plazo se está cumpliendo justo ahora, y de ahí la importancia de verificar el estado antes de planear un turno nocturno.

Bucaramanga: de medianoche a 4:00 a. m. en todo el perímetro urbano

La Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió la Resolución 0152 del 13 de marzo de 2026, que restringe la circulación nocturna en toda el área urbana de la ciudad. Según el reporte de Semana:

Publicidad
  • Horario: entre las 12:00 de la medianoche y las 4:00 de la madrugada.
  • Vehículos cubiertos: motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos.
  • Entrada en vigor: 20 de marzo de 2026, después de una semana de pedagogía entre el 13 y el 19 de marzo.
  • Cobertura: todo el perímetro urbano de Bucaramanga.

Bucaramanga tiene además otra medida distinta y simultánea, que conviene no confundir. La Resolución 063 de 2026, oficializada el 26 de enero de 2026 en cumplimiento de una orden judicial, impone dos restricciones diurnas, según el detalle de Vanguardia:

MedidaDóndeCuándo
Prohibición de circulación de motosCarrera 33, entre avenida Quebrada Seca y calle 55 (norte-sur) y entre calle 56 y avenida Quebrada Seca (sur-norte)Lunes a viernes, 6:00 a 9:00 a. m. y 5:00 a 8:00 p. m.
Prohibición de parrilleroCalle 36, entre carreras 15 y 19, en ambos sentidosLunes a viernes, 6:00 a 8:00 a. m. y 6:00 a 8:00 p. m.
Restricciones de la Resolución 063 de 2026 de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga. No rigen los días festivos.

Cuánto cuesta la multa y por qué inmovilizan la moto

Circular en una franja restringida se sanciona con el código C.14: multa de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes. Con el salario mínimo de 2026 de $1.750.905, el valor ronda los $875.452. Es la misma cifra que El Tiempo publicó este año para las sanciones de 15 salarios mínimos diarios, como la de circular sin revisión técnico-mecánica.

El segundo efecto pesa más que el primero: el mismo literal C.14 ordena además la inmovilización del vehículo. No es discrecional del agente. Eso implica patio, grúa y los costos de ambos, que corren por cuenta del propietario y que en la práctica suelen superar el valor de la multa en pocos días.

Cómo verificar si la restricción aplica en su ciudad

Estas medidas cambian con frecuencia y se prorrogan por tramos. Antes de confiarse, haga esta verificación en orden:

  1. Busque el acto administrativo, no la noticia. En el portal de la alcaldía, sección de decretos o normativa, filtre por el año en curso. Si la medida existe, hay un decreto o resolución con número y fecha.
  2. Revise la vigencia expresa. Casi todos estos actos tienen fecha de terminación: anote la que diga el documento.
  3. Confirme el alcance geográfico. Varias ciudades no restringen toda el área urbana, sino cuadrantes o corredores concretos; un par de cuadras define si hay comparendo.
  4. Verifique si hay registro o permiso. Donde la medida permite circular al propietario o al parrillero inscrito, la inscripción es un trámite previo: no sirve explicarlo en el puesto de control.
  5. Chequee su situación en el SIMIT. Varios permisos exigen paz y salvo de comparendos.

Lo que aún no está claro

El plazo de las medidas de Barranquilla, informado por la Alcaldía como vigente hasta octubre de 2026, se cumple este mes. Falta por definirse si el Distrito expide una prórroga, ajusta los horarios o deja vencer la restricción. La confirmación llegará por decreto distrital publicado en el portal de la Alcaldía, y hasta que eso ocurra la franja de 11:00 p. m. a 5:00 a. m. debe darse por vigente.

En Bucaramanga, las resoluciones 063 y 0152 de 2026 no tienen una fecha de terminación difundida públicamente. Quien ruede allí debería revisar la página de la Dirección de Tránsito antes de asumir que una franja quedó liberada.

Preguntas frecuentes

¿Hay una restricción nacional para motos en la noche en Colombia?

No. No existe una norma nacional que prohíba circular en moto de noche. Las restricciones son locales y las expide cada alcaldía o dirección de tránsito mediante decreto o resolución.

¿Cuál es el horario de la restricción nocturna en Barranquilla?

De 11:00 p. m. a 5:00 a. m., según el Decreto 0703 del 30 de octubre de 2025. En esa franja solo puede circular el propietario de la moto, con acompañante únicamente si está previamente inscrito.

¿Cuánto cuesta la multa por circular en horario restringido?

Es la infracción C.14: 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, unos $875.452 con el salario mínimo de 2026. El Código Nacional de Tránsito establece además que el vehículo será inmovilizado.

Publicidad

¿En Bogotá hay restricción de parrillero o nocturna?

No. La Secretaría Distrital de Movilidad ha desmentido mensajes virales que anuncian restricciones de parrillero en la ciudad. Lo que puede haber son medidas temporales por eventos puntuales.

Información verificada al 14 de octubre de 2026. Precios, normas y condiciones pueden cambiar; confirma con la fuente oficial.

En Mundo Motor verificamos nuestros datos. Conoce nuestro Código de Ética y nuestra Política de contenido original.


Descubre más de Mundo Motor

Recibe alertas cuando cambien las normas y salgan nuevas motos. Gratis y sin spam.

Seguir leyendo

Tendencias

Descubre más de Mundo Motor

Suscríbete para seguir leyendo y acceder al archivo completo.

Seguir leyendo

Guías del motero: trámites y precios 2026
SOAT 2026Cuánto cuesta y qué cubreTecnomecánicaPrecio 2026 y qué revisanLicencia A1 y A2Requisitos y diferenciasPico y placaQué dígito aplica hoy